LEY 10347
Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 10578.
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS SANCIONAN CON FUERZA DE
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el predio circundado por las calles Naón, Avenida General Paz, Dorrego y General Campos, de la localidad de Lomas del Mirador, Partido de La Matanza; identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Parcelas 1, 2, 3 y 4; Manzana 203; propiedad de la Firma Emebé S.A.C.F.A.I.M., con domicilio en Avenida Roque Sáenz Peña N° 615, Piso 10 de Capital Federal.
ARTICULO 2.- (Texto según Ley 10578) El inmueble afectado por esta ley será destinado a una plaza pública con el propósito de esparcimiento de la población y fines recreativos.
ARTICULO 3.- (Texto según Ley 10578) Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados con cargo a Rentas Generales.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.