DECRETO 1854/2008
La Plata, 10 de septiembre de 2008.
VISTO el expediente N° 2100-7299/00, relacionado con la expropiación de varios inmuebles ubicados en el partido de Bahía Blanca, declarados de utilidad pública y sujeto a expropiación por la Ley N° 12602, y
CONSIDERANDO:
Que conforme con lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley N° 5708 (TO Decreto N° 8523/86) y modificatorias, ha operado el término de abandono de la expropiación dispuesta por el artículo 4° de la Ley N° 12602;Que a fojas 193 el Departamento de Registro de Juicios de la Fiscalía de Estado informa que no surgen antecedentes de la promoción de juicio expropiatorio en las que sean parte los titulares de los referidos inmuebles, ya sea como actores o como demandados;
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente que declare abandonada la expropiación intentada, dando por concluida la presente gestión y disponiendo el levantamiento de la anotación preventiva, con notificación a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad;
Que a fojas 188, ha dictaminado la Asesoría General de Gobierno, a fojas 190 ha informado la Contaduría General de la Provincia y a fojas 194 ha tomado vista el Fiscal de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; DECRETA:
ARTICULO 1°. Declarar abandonada la expropiación de los inmuebles ubicados en el partido de Bahía Blanca, designados catastralmente como circunscripción IV, sección E: chacra 52, parcela 2b, inscripto su dominio en la matrícula N° 87262; chacra 52, parcela 2d, inscripto su dominio en la matrícula N° 87263; chacra 52, parcela 3, inscripto su dominio en la matrícula N° 87266; chacra 52, parcela 4, inscripto su dominio en la matrícula N° 87878 y chacra 61 b, parcela 1, inscripto su dominio en la matrícula N° 87264, todos éstos a: nombre de María Esther ALVAREZ SOSA; circunscripción IV, sección E, chacra 52, parcela 2c, inscripto su dominio en la matrícula N° 87261, a nombre de Carlos Miguel SAIB; circunscripción IV, sección E: chacra 61 b, parcela 2, inscripto su dominio en las matrículas N° 23286, N° 23288, N° 23289, N° 23292 y N° 23293; chacra 62, inscripto su dominio en la matrícula N° 23290; chacra 72, inscripto su dominio en la matrícula N° 23291; chacra 79, parcela remanente 1 d, inscripto su dominio en la matrícula N° 23294; chacra 80, parcela remanente 1 b, inscripto su dominio en la matrícula N° 23295 y chacra 88, parcela 1b, inscripto su dominio en la matrícula N° 23296, todos estos a nombre de Casa BERNABE Sociedad en Comandita por Acciones, declarados de utilidad pública y sujeto a expropiación por la Ley N° 12602, dando por concluida la presente gestión por los motivos expuestos en los considerandos del presente Decreto.
ARTICULO 2°. Notificar a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, a fin de dejar sin efecto la anotación preventiva.
ARTICULO 3°. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
ARTICULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar al Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno. Cumplido archivar.
Alberto Pérez Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Jefatura de Gobernador
Gabinete y Gobierno