LEY 15213

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°.- Institúyese en toda la Provincia de Buenos Aires, el día 21 de agosto de cada año como “Día de las Futbolistas”.

ARTÍCULO 2°.- El Poder Ejecutivo, a través de los organismos que designe, realizará en la semana del 21 de agosto, actividades y campañas con perspectiva de derechos para la promoción y visibilización del fútbol femenino en relación al “Día de las Futbolistas”.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los doce días del mes de noviembre de dos mil veinte.