FUNDAMENTOS DE LA LEY 15212
El presente proyecto de ley tiene por finalidad declarar ciudad a la localidad de Ingeniero Pablo Nogués del partido de Malvinas Argentinas.
El 20 de diciembre del año 1955, a través de la Resolución № 260 del Ministerio de Transporte de la Nación, se impuso el nombre de Ingeniero Pablo Nogués a la estación del ferrocarril conocida como Apeadero Kilómetro 34.
Según el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010, Ingeniero Pablo Nogués tiene una población de 42.475 habitantes. Actualmente, la localidad goza de un equipamiento socio-administrativo y de una infraestructura física y de servicios adecuados a sus necesidades y es importante resaltar en orden a las exigencias establecidas por la Ley provincial 10.806, un importante desarrollo urbano, ya que funcionan en ella las instalaciones del sistema de salud de Malvinas Argentinas; específicamente funcionan allí: el Hospital de Trauma y Emergencias Dr. Federico Abete, el Hospital Central de Pediatría y el Centro Municipal para el Tratamiento de la Obesidad y Enfermedades Metabólicas Dr. Alberto Cormillot.
En otro orden, Ingeniero Pablo Nogués reúne las características de desarrollo urbano referentes a la delimitación geográfica, y a espacios verdes y libres, de uso público.
Los barrios que componen la localidad de Ingeniero Pablo Nogués son: Pablo Nogués, Yapeyú, Bella Flor, Olivos, Quesada Pacheco, El Perejil y Barrio Panamericano.
Ingeniero Pablo Nogués cuenta con medios de transporte que la vinculan con el resto de las localidades de Malvinas Argentinas. Asimismo, en materia de instituciones públicas tiene siete escuelas secundarias, ocho escuelas primarias, y ocho jardines de infantes. Posee siete entidades intermedias.
Como se advierte, los aspectos reseñados cumplen con los requisitos exigidos por la Ley № 10.806 para hacer procedente la declaración como ciudad de la localidad de Ingeniero Pablo Nogués.
Cabe remarcar que el presente proyecto de ley se da en el marco de un año sumamente relevante para el municipio de Malvinas Argentinas, ya que el 10 de diciembre cumplirá veinticinco (25) años de vida institucional; conmemorándose, específicamente, la asunción del primer gobierno municipal malvinense, el 10 de diciembre de 1995.
Por los fundamentos expuestos, solicito a los señores legisladores y a las señoras legisladoras, acompañen con su voto positivo el presente proyecto de ley.