Decreto 1160/2019

La Plata, 16 de agosto de 2019

VISTO el expediente Nº 5300-465/14, las Leyes Nº 10.430, Nº 13.453 y Nº 15.078, los Decretos Nº 8373/87 y Nº 244/08, la Disposición de la Dirección Provincial de Personal Nº 2812/09, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones de referencia, el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires propicia diversos movimientos en relación a los agentes que revistan en la Dirección de Sistemas, con fundamento en el dictado de la Disposición de la Dirección Provincial de Personal Nº 2812/09;

Que el Decreto Nº 8373/87 y sus modificatorios, establece que el Personal informático de los Centros de Cómputos, deberá revistar en cargos incluidos en el Nomenclador Informático posteriormente aprobado por Disposición Nº 246/89 de la entonces Dirección General de Personal de la Provincia, así como en el Agrupamiento Personal Jerárquico que reviste en áreas donde se cumplan ese tipo de tareas;

Que mediante la Disposición de la Dirección Provincial de Personal Nº 2812/09, se incorporan al Nomenclador de Cargos vigente para la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, aprobado por el Decreto Nº 6916/88, diversos roles en los cargos establecidos por la Disposición Nº 246/89, en los Agrupamientos, Grados y Clases que se corresponden con el Anexo I de la referida disposición, determinando para el Personal Jerárquico Sector Apoyo que revista en Áreas de Tecnología de la Información, los roles que se indican en su Anexo I, con las competencias que se detallan en su Anexo III;

Que las labores de los Centros de Cómputos o Áreas de Tecnologías de la Información se consideran de características especiales, conforme lo estipulado por el Decreto Nº 8373/87 y modificatorios, las cuales deben realizarse en forma ininterrumpida a fin de mantener el adecuado funcionamiento de los servicios informáticos de la Dirección de Sistemas del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, lo que implica que las personas afectadas a dichos trabajos deben estar en disposición permanente para prestar servicios cuando se las requiera, brindando la asistencia técnica necesaria a los efectos de garantizar el normal desenvolvimiento de los sistemas de información y comunicaciones de la Jurisdicción;

Que ante la necesidad de adecuar a los requerimientos de funcionamiento de la Dirección de Sistemas dependiente de la Dirección General de Coordinación con Delegaciones, Sistemas y Archivos del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires de acuerdo a las acciones establecidas por el Decreto N° 200/11, y ante la progresiva implementación de planes tendientes a fortalecer el accionar dirigido al cumplimiento de los mismos, corresponde actualizar y adecuar los perfiles de los agentes que revistan en sus distintas áreas, conforme lo estipulado en el Anexo I de la Disposición de la Dirección Provincial de Personal Nº 2812/09;

Que la descripción de las tareas establecidas en la Disposición mencionada contempla las características particulares de las diversas especialidades y los requisitos que se exigen para su desempeño, tanto de instrucción y título habilitante, como en materia de antecedentes laborales; Que se hace necesario en ésta instancia efectuar la aprobación del Plantel Básico Innominado y Nominado de la Dirección de Sistemas del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires;

Que atento la jerarquización de los Roles asignados a los agentes de la Dirección de Sistemas conforme la Disposición de la Dirección Provincial de Personal Nº 2812/09, en virtud del Acta de Conciliación Nº 6 de fecha 10 de Agosto de 2012, suscripta oportunamente por el Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Economía, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, la Unión Personal Civil de la Nación y la Asociación de Empleados de Rentas e Inmobiliario, y dada la significativa importancia de las políticas informáticas, es que, con el objetivo de lograr una mayor eficacia y calidad de gestión, se propicia establecer una bonificación equivalente a la diferencia salarial existente entre la categoría de revista, agrupamiento y especialidad que detentan cada uno de los agentes incluidos en los anexos del presente y las categorías que en cada caso allí se establecen;

Que el día 3 de abril de 2018 -conforme Acta N° 1/18-, se ha celebrado la paritaria de carácter general que abarca a los trabajadores del ámbito de la Ley N° 10430, aprobándose por mayoría en orden a las constancias obrantes en el Acta N° 2/2018, la política salarial a regir durante el año 2018, con una cláusula de revisión de la pauta en el mes de octubre;

Que, como parte integrante de la propuesta salarial, se acogieron diversos reclamos planteados por asociaciones gremiales, entre ellos, los vinculados con la aprobación de los nomencladores informáticos, respecto de los cuales se determinó su efectivización con efectos ex nunc, sin retroactivo, en las dependencias públicas que poseen unidades orgánicas consideradas Centros de Cómputos, y que a la fecha de celebración de la paritaria aún no se han implementado;

Que la diferencia salarial que surja entre la suma de conceptos remunerativos se abonará como Bonificación Remunerativa No Bonificable y la diferencia salarial que surja entre la suma de haberes no remunerativos se bonará como Bonificación No Remunerativa No Bonificable;

Que corresponde rectificar el Decreto N° 1709/12 y el Decreto N° 1814/12 en el sentido de que la reubicación, correspondiente a Agustín Alejo FRANCO, Romina Carla GIULIANO y María Amparo OZAN y las designaciones de Sebastián PARDO y de Martín Alejandro GUTIERREZ GREGORIC procede de acuerdo a las especialidades previstas por la Disposición N° 2812/09;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano, la Dirección Provincial de Presupuesto Público y la Dirección Provincial en Economía Laboral del Sector Público dependientes del Ministerio de Economía, la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías dependiente de la Subsecretaría para la Modernización del Estado, y la Contaduría General de la Provincia;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 17 de la Ley Nº 15.078 de presupuesto general correspondiente al ejercicio 2019, y por el artículo 144 proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Determinar en la Jurisdicción 1.1.1.05, Organismo de la Constitución, HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS, Unidad Estructural Presidente, Dirección General de Coordinación con Delegaciones, Sistemas y Archivos, Dirección de Sistemas, a partir de la fecha de notificación, la especialidad informática de los agentes que se mencionan en el Anexo I (IF2019-01657631-GDEBA-DPERHTC), que forma parte integrante del presente acto administrativo, conforme los roles establecidos por la disposición de la Dirección Provincial de Personal Nº 2812/09.

ARTÍCULO 2º. Rectificar el artículo 4° del Decreto N° 1709/12 en el sentido de que la reubicación en la Jurisdicción 1.1.1.05 Organismo de la Constitución HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS, correspondiente a Agustín Alejo FRANCO (DNI N° 28.366.300, Clase 1980, Legajo N° 339.795) lo es en el Agrupamiento Profesional, Profesional informático, Código 5-0000-XIV-4, Categoría 8, Especialidad Analista Funcional Profesional, y de Romina Carla GIULIANO (DNI N° 25.937.031, Clase 1977, Legajo N° 339.797) y María Amparo OZAN (DNI N° 20.586.684, Clase 1969, Legajo N° 339.802), en el Agrupamiento Profesional, Profesional informático, Código 50000-XIV-4, Categoría 8, Especialidad Analista Profesional de Producción, en los términos de la Disposición N° 2812/09.

ARTÍCULO 3º. Rectificar el artículo 5° del Decreto N° 1814/12 en el sentido de que la designación en la Planta Permanente en la Jurisdicción 1.1.1.05 Organismo de la Constitución HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS, correspondiente a Sebastián PARDO (DNI N° 28.452.022, Clase 1980) lo es en el Agrupamiento Profesional, Profesional informático, Código 5-0000-XIV-4, Categoría 8, Especialidad Arquitecto Profesional de Datos Inicial, y de Martín Alejandro GUTIERREZ GREGORIC (DNI N° 29.083.914, Clase 1981) en el Agrupamiento Profesional, Profesional informático, Código 5-0000-XIV-4,Categoría 8, Especialidad Arquitecto Profesional de Software inicial, en los términos de la Disposición N°2812/09.

ARTÍCULO 4º. Otorgar, a partir de la fecha de notificación, en la Jurisdicción 1.1.1.05, Organismo de la Constitución, HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS, Unidad Estructural Presidente, Dirección General de Coordinación con Delegaciones, Sistemas y Archivos, Dirección de Sistemas, una Bonificación equivalente a la diferencia salarial que por todo concepto surge entre la categoría, agrupamiento y especialidad en que revisten, en forma titular o interina y las categorías que en particular se establecen, a los agentes que se detallan en el Anexo II (IF-201901658130-GDEBA-DPERHTC) que forma parte integrante del presente acto administrativo. La diferencia salarial que surja entre la suma de conceptos remunerativos se abonará como Bonificación Remunerativa No Bonificable y la diferencia salarial que surja entre la suma de haberes no remunerativos se abonará como Bonificación No remunerativa No Bonificable.

ARTÍCULO 5º. Determinar que el gasto que demande lo dispuesto en el artículo precedente será atendido con cargo a la imputación presupuestaria correspondiente al Presupuesto General Ejercicio 2019 – Ley Nº 15.078 – Sector Público Provincial No Financiero – Administración Provincial – Administración Central –Jurisdicción 05 - DGA 014 - Unidad Ejecutora 5 - Unidad Geográfica 999 - Programa 0001 - Actividad 1 -Finalidad 1 - Función 6 - Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 – Inciso 1 – Régimen Estatutario 01 – Partida principal 1 – Parcial 0 Agrupamiento Ocupacional 04-05-06.

ARTÍCULO 6º. Aprobar en la Jurisdicción 1.1.1.05, Organismo de la Constitución, HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS, Unidad Estructural Presidente, Dirección General de Coordinación con Delegaciones, Sistemas y Archivos, Dirección de Sistemas, a partir de la fecha de notificación, el Plantel Básico Innominado y Nominado según se detalla en los Anexos III (IF-2019-01662560GDEBA-DPERHTC), III a (IF-2017-01452574-GDEBA-DADYCPSLYT, IF-2017-01452727-GDEBA-DADYCPSLYT, IF-2019-01659450-GDEBA-DPERHTC) y IV (IF-2019-01660914-GDEBA-DPERHTC), que forman parte integrante del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 7º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía y Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 8º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, pasar a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.

Hernan Lacunza, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora

NOTA: El Anexo Único del presente Decreto, puede ser consultado en nuestra Página Web en su versión PDF.