Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Resolución N° 328/17
La Plata, 7 de noviembre de 2017.
VISTO la Ley 11.769 (T.O. Decreto Nº 1868/04), su Decreto Reglamentario N° 2479/04, el Contrato de Concesión suscripto, lo actuado en el expediente N° 2429-1522/2017, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en la Ley 11.769 y su Decreto Reglamentario Nº 2479/04, corresponde a este Organismo de Control administrar el Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias;
Que en el último trimestre de 2016, se iniciaron los estudios tendientes a la Revisión Tarifaria Integral (RTI) en los términos del artículo 44 de la Ley 11.769, que derivó en la aprobación de los cuadros tarifarios vigentes a través de la Resolución MIySP N° 419/17;
Que el mencionado proceso de revisión tarifaria dio como resultado una tarifa superior, producto de un incremento del Valor Agregado de Distribución (VAD) consecuente con un análisis de Costos de las Distribuidoras Provinciales y su estructura de Mercado y del traspaso de un aumento del Costo de la Energía Mayorista;
Que el citado proceso de revisión tarifaria integral impactó de modo diferenciado entre los concesionarios municipales en función de la estructura de sus mercados y del número de usuarios que abastecen;
Que precisamente en las áreas concesionadas conviven diferentes mercados eléctricos, caracterizados por el número de usuarios, extensión del área, urbanidad, ruralidad, estado de la infraestructura y capacidad técnica y económica;
Que de lo expuesto surge que para el caso de los Distribuidores con concesión municipal, la estructura particular de sus mercados produce que el valor agregado que ingresan por la vía tarifaria es el de referencia correspondiente a las empresas provinciales y, en casi la totalidad de los municipales resulta insuficiente para cubrir los costos reales razonables, por lo que las diferencias de Valor Agregado de Distribución (VAD), son compensadas a través del Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias, de conformidad al Capítulo X, artículos 45 y subsiguientes de la Ley 11.769;
Que en virtud de ello, se revisaron los costos propios de cada Distribuidor y se asignó un nuevo valor de VAD, que corresponde reconocer a partir de la vigencia de la Resolución MIySP N° 419/2017;
Que mientras dicho valor no estuvo disponible, se continuó reconociendo el valor de VAD correspondiente con el cuadro tarifario anterior (Resolución MIySP N° 22/16), razón por la cual es menester proceder a reconocer el ajuste pertinente, considerando la diferencias entre el nuevo valor calculado y el anterior, para los períodos de mayo, junio, julio y agosto de 2017 dado que el Fondo Compensador del mes de septiembre/17, fue liquidado conforme a los nuevos valores;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 62 inciso k) de la Ley 11.769 y su Decreto Reglamentario N° 2.479/04;
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el pago de las diferencias de Valor Agregado de Distribución por Aplicación de la Resolución MIySP N° 419/17, para los períodos de mayo, junio, julio y agosto de 2017, a los Distribuidores con Concesión Municipal, de acuerdo al detalle establecido en el Anexo que integra la presente.
ARTÍCULO 2º. Registrar. Publicar. Dar al Boletín Oficial y al SINBA. Girar a la Gerencia de Administración y Personal para efectivizar el pago. Cumplido, archivar.
ACTA Nº 921
Jorge Alberto Arce Presidente; Walter Ricardo García Vicepresidente; Martín Fabio Marinucci Director; Omar Arnaldo Duclós Director; José Antonio Recio Director.
ANEXO
C.C. 13125