Fundamentos de la

Ley 11046

 

            Por el presente proyecto de ley se sustituyen las disposiciones contenidas en el Decreto-Ley 7638/70, que creará un régimen administrativo especial para el trabajo correccional.

            La Provincia de Buenos Aires contó en su oportunidad con la Ley 5.978 Cuenta Especial “Dirección de Establecimientos Penales, Trabajos Penitenciarios Especiales”, sancionada en 1958 que conformó un instrumento idóneo para agilizar el funcionamiento del sistema productivo y de laborterapia, en interés de los mismos internos.

            Conceptos centralistas en el orden económico impuestos desde instancias exteriores a la Provincia, determinaron en su momento la derogación de dicha ley, y su reemplazo por el decreto-ley cuya derogación se propone, creando un régimen administrativo especial, norma que fuera reglamentada por el Decreto 4740/70.

            De tal forma se eliminó el régimen de autarquía económica para el producido del trabajo de los internos, que quiso originariamente el legislador, y se limitó grandemente, sobre todo en el aspecto administrativo, el funcionar del área.

            Ello incidió, no obstante la buena voluntad que supiera en la aplicación del régimen sustitutivo, en detrimento de la expansión del trabajo penitenciario.

            Es ahora propicio el momento para que los poderes provinciales del Estado, constitucionalmente conformados, otorgar un régimen que posibilite en integralidad la aplicación de criterios penológicos, en los que la creación de nuevas y superiores fuentes de trabajo que capaciten laboralmente a los internados en las Unidades Penitenciarias, constituye un factor sustancial.

            El proyecto que se fundamenta contempla las bondades aquilatadas con la experiencia de la Ley 5978, sin destacar conceptos extraídos de la legislación posterior y de la actual doctrina y praxis penitenciaria.

            Es por estas razones que solicitamos a los señores senadores nos acompañen con su voto favorable.