Provincia de Buenos Aires

ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Resolución Nº 262/10

 

La Plata, 30 de agosto de 2010.

 

VISTO el expediente Nº 2145-3931/10, las Leyes Nº 13.757, Nº 13.592, el Decreto Nº 23/07, la Resolución Nº 66/08 de esta Dirección Ejecutiva, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por el expediente citado en el visto tramitan actuaciones relacionadas con la propuesta presentada por la Dirección de Residuos Sólidos Urbanos dependiente de la Dirección Provincial de Residuos, para la revocación de la Resolución Nº 66/08 citada, por la cual se creó el Programa Ambiente-Agro Solidario, y la aprobación del nuevo Programa;

Que dicho Programa tiene por objeto la reducción y valorización de los residuos sólidos por intermedio de una gestión adecuada, post consumo, de los denominados “silo bolsas”;

Que dicha iniciativa se inscribe en el marco de la política de gestión integral de los residuos sólidos llevada adelante por este Organismo Provincial, en los términos de la Ley Nº 13.592, en la cual se impulsan acciones de valorización económica de los mismos a fin de minimizar los impactos negativos que los desechos mal gestionados producen sobre el ambiente;

Que asimismo, este Organismo Provincial prioriza la promoción de aquellos proyectos que incentiven la participación ciudadana en los programas de gestión y que impulsen la responsabilidad social empresaria, a la vez que concienticen a la población respecto de los distintos criterios de consumo y sus consecuencias;

Que la propuesta mencionada está dirigida principalmente a extender los alcances del Programa Ambiente-Agro Solidario, actualmente referido sólo a los silos bolsas, a fin de que incluya todo aquel polietileno proveniente de las producciones agropecuarias intensivas;

Que asimismo se incluyen como participantes del programa, junto con los Talleres Protegidos, a las Asociaciones sin fines de lucro y Cooperativas;

Que por último, se ha procurado dotar al programa, de una identidad visual propia, que refleje los valores que lo inspiran;

Que tomó la intervención de su competencia la Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 13.757.

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANISMO PROVINCIAL PARA

EL DESARROLLO SOSTENIBLE,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Revocar la Resolución Nº 66/08 de esta Dirección Ejecutiva de fecha 20 de junio de 2008.

ARTÍCULO 2º. Aprobar el Programa Ambiente Agro-Solidario, que como Anexo I forma parte de la presente, el cual funcionará bajo la órbita de la Dirección de Residuos Sólidos Urbanos.

 

ARTÍCULO 3º. Determinar que se procederá a efectuar una evaluación del estado de implementación del Programa con una periodicidad de una (1) vez al año a efectos que, si así se creyere conveniente, se lleven a cabo las modificaciones y/o adecuaciones que resulten necesarias. La primera evaluación de llevará a cabo dentro de doce (12) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la presente.

 

ARTÍCULO 4º. Autorizar a la Dirección de Residuos Sólidos Urbanos a adoptar las medidas conducentes para la eficaz implementación del Programa, a asesorar y coordinar acciones con los Municipios interesados en adherirse al citado Programa.

 

ARTÍCULO 5º. Aprobar la identidad visual del Programa Ambiental – Agro Solidario, definida en los Anexos II y III que integran la presente.

 

ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al S.I.N.B.A. Cumplido, archivar.

 

José Manuel Molina

Director Ejecutivo

 

ANEXO I

PROGRAMA AMBIENTE – AGRO SOLIDARIO (PAAS)

 

a) Objetivos.

El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible mediante la implementación del Programa Ambiente - Agro Solidario, impulsa una Política de Estado centrada en la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos, la que consiste principalmente en reciclar y valorizar el silo bolsa y polietileno proveniente de actividades agropecuarias intensivas devenidos en residuos, reduciendo sensiblemente de esta manera no sólo la generación, sino también el volumen de residuos destinados a disposición final, instalando prácticas de uso racional.

El desafío prioritario del presente programa consiste en reducir el impacto ambiental, revertir la inadecuada disposición de los residuos sólidos urbanos, así como el contribuir a mejorar la calidad de vida de la población, fomentar el buen uso de los recursos y el ahorro energético.

 

Si tomamos en consideración que los residuos afectan el ambiente, el cúmulo de los mismos y el hecho que provienen de recursos no renovables, escasos en muchos de los casos, es menester no sólo poner en práctica las consignas de reducir, reciclar y reutilizar, sino también, como corolario, resulta necesario dar inicio al cambio cultural desde la participación y la inclusión social generando empleo.

De este modo, se re insertarían en la cadena de producción, componentes que han sido desechados y que sin la intervención adecuada, habrían llegado al fin de su vida útil. Es el caso del silo bolsa, usado mayoritariamente para almacenar granos, y del polietileno proveniente de producciones agropecuarias intensivas, persiguiendo mediante la promoción de estrategias de producción limpia, una buena práctica ambiental del sector agropecuario.

Este Programa plantea un proyecto de recuperación de materiales reciclables y de valorización de residuos a partir de un trabajo en conjunto con los Donantes, Municipios, Talleres Protegidos, Asociaciones, Cooperativas, el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible y las Empresas Recicladoras, articulando esfuerzos en materia ambiental, delineando de esta manera la trazabilidad del residuo.

Dado que los residuos mencionados inciden en el ambiente impactando en los recursos agua, aire, suelo, flora, fauna y en la salud, deben instaurarse políticas que contrarresten estos impactos a través de la puesta en marcha de acciones institucionales, de los distintos estratos gubernamentales, impulsando acciones y planes de trabajo.

b) Procedimiento de trabajo.

El Donante, es aquel productor agropecuario, grupo empresario o cooperativa que donará el silo bolsa y polietileno proveniente de producciones agropecuarias intensivas, preferentemente acondicionados en seco y doblados, al cual se le otorgará un certificado de buenas prácticas agropecuarias en la gestión de los residuos.

El Municipio adherido al proyecto seleccionará al Taller Protegido, perteneciente a la Federación de Talleres Protegidos de la Provincia de Buenos Aires, Asociación o Cooperativa con sede en su jurisdicción. Asimismo seleccionará el depósito que funcionará como centro de acopio primario.

A tal fin podrá suscribir el/ los acuerdo/ s pertinente/ s de adhesión con el Taller Protegido, Asociación o Cooperativa proveyendo los recursos logísticos y económicos que sean necesarios para asegurar el traslado, en los distintos tramos del circuito que han de recorrer el silo bolsa y polietileno.

El Taller Protegido, Asociación o Cooperativa acordará con el Donante la forma y condiciones en que debe realizarse el retiro del silo bolsa y polietileno, lo cual será informado al Municipio a fin de programar y proceder al retiro de los mismos, para su entrega en un depósito adecuado a tal fin.

Asimismo, el Taller Protegido, Asociación o Cooperativa tendrá a su cargo la comercialización con Empresas Recicladoras, habilitadas según la normativa ambiental vigente y acorde a los criterios de contratación que estimen pertinentes.

La recolección de estos residuos se hará bajo los lineamientos que el Municipio determine, y serán depositados en aquellos sitios con los que previamente se haya acordado la recepción de los mismos. Cada Taller Protegido, Asociación o Cooperativa instruirá a su personal en lo concerniente a la metodología de trabajo a instaurar, para lo cual se servirá de instructivos que el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible diseñará.

El Municipio será el encargado de solicitar informes a quien tenga a su cargo el traslado de los residuos, con el objeto de controlar los volúmenes de residuos donados, acopiados y comercializados. Para ello implementará el uso de planillas que serán entregadas al transportista contratado para realizar el transporte de los residuos y en las que se volcará dicha información. Una vez obtenida la información que en ellas se exija, se devolverán al Municipio. Asimismo el Municipio solicitará, como requisito para la firma de acuerdos o convenios con el Taller Protegido, Asociación o Cooperativa la entrega por parte de la Empresa Recicladora al Taller Protegido, Asociación o Cooperativa de un Certificado o Constancia de Reciclado, el que será entregado al Municipio y que contendrá, como mínimo:

- Lugar y fecha de entrega de los residuos.

- Nombre del Taller Protegido, Asociación o Cooperativa.

- Nombre de la Empresa Recicladora.

- Cantidad de material recuperado como insumo.

- Tipo y cantidad de productos obtenidos a partir de su procesamiento.

- Destino previsto de los productos obtenidos, en caso que éstos fueran productos intermedios o nuevas materias primas.

El Municipio remitirá trimestralmente al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible copia de las planillas elaboradas con los datos del transporte de residuos y copia de los Certificados o Constancias de Reciclado.