DECRETO 12711/61

 

LA PLATA, 27 de noviembre de 1961.

 

Por Decreto nº 21984 de fecha 4 de diciembre de 1956 se instituyó “Día de la Policía de la Provincia de Buenos Aires” el 13 de Diciembre. Por el mismo decreto se determinaron los premios a conceder a personal policial por actos de servicios meritorios, en oportunidad de esa celebración.

 

Las modificaciones que por el presente se introducen en lo referente a los premios tienen por finalidad asegurar su significación moral y su influencia como factor de emulación.

 

Por ello y acorde con el propósito de ordenar en un texto único toda norma general que esté destinada a variar parcialmente las normas vigentes en la misma materia.

 

EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Institúyese “DÍA DE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES” el 13 de Diciembre.

 

ARTÍCULO 2º.- Se asignarán los siguientes premios, por orden de prelación:

 

a) Premio “GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIES”, medalla de oro y diploma de honor.

 

b) Premio “MINISTERIO DE GOBIERNO”, medalla de oro y diploma de honor.

 

c) Premio “MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS”, medalla de oro y diploma de honor.

 

d) Premio “MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA”, medalla de oro y diploma de honor.

 

e) Premio “MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA”, medalla de oro y diploma de honor.

 

f) Premio “MINISTERIO DE EDUCACIÓN”, medalla de oro y diploma de honor.

 

g) Premio “MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS”, medalla de oro y diploma de honor.

 

h) Premio “MINISTERIO DE ACCIÓN SOCIAL”, medalla de oro y diploma de honor.

 

i) Premio “JEFATURA DE POLICÍA”, medalla de oro y diploma de honor.

 

j) Mención de honor para los funcionarios de jerarquía de Comisario a Inspector General por hechos muy destacados de servicio.

 

k) Premios “AL MÉRITO”,  medallas de plata y diplomas de honor.

 

l) Premios “AL MÉRITO”, para el personal de otras fuerzas policiales y civiles, consistentes en medallas de plata y diplomas de honor.

 

ll) Premios para los egresados de la Escuela de Cadetes “JUAN VUCETICH”, consistentes en medallas de oro y diplomas de honor.

 

1) Premio “MINISTERIO DE GOBIERNO”, para el egresado con el más alto promedio de calificaciones generales.

 

2) Premio “JEFATURA DE POLICÍA”, para el egresado con el más alto promedio de estudio.

 

ARTÍCULO 3º.- La Jefatura de Policía discernirá los distintos premios, pudiendo declarar vacantes algunos de ellos, si entre los casos considerados no encontrare mérito suficiente para su otorgamiento.

 

ARTÍCULO 4º.- Los premios determinados en los incisos a) hasta h), serán adjudicados por el Poder Ejecutivo a propuesta de la Jefatura de Policía los restantes, directamente por ésta.

El premio del apartado 1º del inciso ll) será otorgado por el Ministerio de Gobierno a propuesta de la Jefatura de Policía.

 

ARTÍCULO 5º.- Facúltase al señor Jefe de Policía, para reglamentar el otorgamiento de los premios instituidos por el artículo 2º del presente decreto.

 

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a la partida específica del Presupuesto de cada año.

 

ARTÍCULO 7º.- Déjase sin efecto el Decreto nº 21984/956.

 

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y a sus efectos, remítase a la Jefatura de Policía.