Decreto 1556/2019

La Plata, 28 de noviembre de 2019

VISTO el expediente N° 2972-1131/17 del Ministerio de Salud, por el cual se propicia designar, a partir del 31 de julio de 2017, a Alberto Fernando BABIO en el Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico “Colonia Dr. Domingo Cabred” de Open Door, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y

CONSIDERANDO:

Que para propiciar dicho trámite se afectó la vacante producida por el cese de Eugenia Claudia DAHL, concretado por Resolución 11112 Nº 201/17 E, la cual se encuentra contemplada en el presupuesto general ejercicio 2019 - Ley Nº 15.078, y cuya adecuación presupuestaria se gestionará por expediente separado (fs. 44);

Que la presente designación se concreta de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;

Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E;

Que en autos se informa que la agente cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el presupuesto general ejercicio 2019 – Ley N° 15.078;

Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que se encuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471;

Que por el artículo 4º inciso b) del Decreto - Ley Nº 9650/80 (texto ordenado por Decreto Nº 600/94), se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16 % sobre la remuneración que perciba;

Que en virtud de lo determinado mediante Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02, Alberto Fernando BABIO debe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior;

Que asimismo la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de autoridad de aplicación del Decreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13.644, hizo lugar a la excepción de incompatibilidad realizada por el profesional, con relación al cargo que posee en el Hospital Saturnino E. Unzué de la Municipalidad de Rojas;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente del Ministerio de Economía;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Designar, en la Jurisdicción 11112 Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E, a partir del 31 de julio de 2017, de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, en el Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico “Colonia Dr. Domingo Cabred” de Open Door, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, como personal comprendido en la carrera profesional hospitalaria, en el grado de asistente, con carácter interino, a Alberto Fernando BABIO (D.N.I. 16.086.640 – Clase 1962) para desempeñar un cargo de médico, especialidad: psiquiatría y psicología médica, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia (artículo 26 de la Ley N° 10.471).

ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471.

ARTÍCULO 3°. Dejar establecido en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, que a partir del 31 de julio de 2017, Fernando Alberto BABIO (D.N.I. 16.086.640 – Clase 1962), debe efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del 16% sobre la remuneración que perciba, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b) del Decreto - Ley N° 9650/80 (texto ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02.

ARTÍCULO 4°. Dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de autoridad de aplicación del Decreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13.644, hizo lugar a la excepción de incompatibilidad realizada por el profesional, con relación al cargo que posee en el Hospital Saturnino E. Unzué de la Municipalidad de Rojas.

ARTÍCULO 5°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 00 - Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0015 – Subprograma: 007 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 497 Finalidad 3 - Función 1 – Subfunción 0 – Fuente de Financiamiento 1.1 – Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2019 - Ley N° 15.078.

ARTÍCULO 6º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 7º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Andres Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora