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Fundamentos de la Ley 11496
HONORABLE LEGISLATURA: Tengo el agrado de
dirigirme a Vuestra Honorabilidad, acompañando un proyecto de ley por el que
se deroga el régimen de excepción establecido por Mediante el régimen
de referencia se había autorizado el Poder Ejecutivo –por única vez- a
incorporar en forma automática y con carácter permanente al sistema de El carácter
excepcional y transitorio del régimen surgía con evidencia no sólo de la
circunstancia de permitir “por única vez” la utilización de tal arbitrario,
sino también de la propia sustancia de sus normas, ya que a través de las
mismas se prescindía de las reglas que regulan el ingreso a El tiempo trascurrido desde su sanción, el cumplimiento de los objetivos propuestos (en cuanto regularizar la situación escalafonaria de ese sector de agentes públicos) y la circunstancia de que aún se siga recurriendo a un recurso que por su naturaleza debió ser absolutamente transitorio, torna necesario –a criterio del Poder Ejecutivo- derogar la normativa en cuestión, de modo de reestablecer en plenitud el régimen estatutario permanente al que se encuentran adscriptos dichos profesionales. Por las razones expresadas, requiero de Vuestra Honorabilidad el tratamiento y la sanción del proyecto de ley que se acompaña. Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.
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