Decreto 1221/2020
La Plata, Buenos Aires
23 de diciembre de 2020
VISTO el expediente EX-2020-17424433-GDEBA-OPNYAMDCGP del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, por el cual se propicia la designación de veinte (20) personas en cargos de la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado, y
CONSIDERANDO:
Que por el presente se gestiona la designación de veinte (20) personas en la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado de la Ley Nº 10.430, a partir del 1° de noviembre de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, quienes reúnen los requisitos legales, idoneidad, mérito y aptitudes necesarios para el desempeño de los cargos en que han sido propuestas;
Que, atento al destino asignado a las y los postulantes, procede liquidarles la bonificación prevista por el artículo 2° del Decreto N° 1351/71 y sus modificatorios, asignándoles el régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, conforme lo dispone el Decreto N° 786/91, ampliado por su similar N° 710/98;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que tanto la Directora Ejecutiva del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia como el Ministro de Desarrollo de la Comunidad han prestado el aval correspondiente;
Que las designaciones propuestas se efectúan de conformidad con los artículos 111 inciso d) y 117 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 –proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.18 – Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, en la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado, a las personas que se detallan en el Anexo Único (IF-2020-20159186-GDEBAOPNYAMDCGP), que forma parte integrante del presente acto, con una remuneración equivalente a las categorías y en los agrupamientos que en cada caso se indican, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, otorgándoles la bonificación prevista por el artículo 2° del Decreto N° 1351/71 y sus modificatorios, a partir del 1° de noviembre de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, de conformidad con los artículos 111 inciso d) y 117 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96.
ARTÍCULO 2º. Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente gestión, con cargo a la partida presupuestaria que se detalla: Jurisdicción 1.1.1.18, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Unidad Ejecutora 202 y 203, PRG 015 y 016, ACT 001, 002, 003, 005 y 006, Finalidad 3, Función 2, Fuente de Financiamiento 1.1, Inciso 1, Partida Principal 2, Partida Parcial 0, Régimen Estatutario 01, Agrupamiento Ocupacional 01, 03, 04 y 05, Ubicación Geográfica 999, Presupuesto General Ejercicio 2019 - Ley N° 15.078, prorrogado para el Ejercicio 2020 por Ley Nº 15.165.
ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo de la Comunidad y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Andrés Larroque Carlos Alberto Bianco
Ministro Ministro
Desarrollo de la Comunidad de Jefatura de Gabinete de Ministros
Axel KICILLOF
Gobernador