GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETO Nº 1250/2020

 

LA PLATA, BUENOS AIRES

Miércoles 30 de Diciembre de 2020

VISTO el expediente EX-2020-29897157-GDEBA-DALSGG correspondiente a las actuaciones legislativas PE-8/20-21, y

CONSIDERANDO:

Que por el referido expediente tramita la promulgación de un Proyecto de Ley, sancionado por la Honorable Legislatura el 22 de diciembre del corriente año, tendiente a fijar, de acuerdo a lo establecido en el Código Fiscal - Ley N° 10.397 (Texto ordenado 2011) y modificatorias-, para su percepción en el ejercicio fiscal 2021, los impuestos y tasas que se determinan en el citado proyecto;

Que la mencionada iniciativa reconoce su antecedente en el Mensaje N° 3.932 ingresado en la Honorable Legislatura el 6 de noviembre del 2020;

Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 108 y 144 inciso 2° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Promulgar la Ley N° 15.226, sancionada por la Honorable Legislatura el 22 de diciembre de 2020, que como Anexo Único (IF-2020-30106870-GDEBA-DROFISGG) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

 

Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador

Nota: El Anexo Único mencionado en el presente Decreto, puede ser visualizado en nuestro portal de normas, https://normas.gba.gob.ar/