Fundamentos de la

Ley 14035

 

            Durante gran parte de mi vida, han habido figuras que sin lugar a dudas constituyeron para mí, una referencia intelectual ineludible y una de esas personas es Don Ernesto Sábato. Días pasados en el transcurso de un encuentro de trabajo con un grupo de colaboradores, me comentaron que entre las muchas distinciones que Don Ernesto ha recibido a lo largo de su vida, no está la de Ciudadano Ilustre de la Provincia de Buenos Aires.

            Me llamó poderosamente la atención que una personalidad de esa envergadura, que es natural de nuestra Provincia, nació en la ciudad de Rojas el 24 de junio de 1911 no haya sido distinguido como tal, como nativo de nuestra jurisdicción.

            En ese encuentro, me sugirieron la idea de redactar un proyecto de declaración o de resolución referido a la posibilidad de declararlo ciudadano ilustre y la verdad es que me pareció poco. Como una de las dos cámaras de nuestra Legislatura, la del Primer Estado Argentino, va ha expresar su opinión en mayoría sobre un tema que entiendo no tiene objeciones y si las tuviera bueno, para eso están los parlamentos, para discutir los distintos puntos de vista que existen entre sus integrantes sobre las mas variada gama de temas.

            Creo sinceramente que en este caso en particular, en el de Don Ernesto Sábato, no hacer esto por ley desmerece y desluce al homenajeado y no creo que ninguno de los 92 integrantes de esta Honorable Cámara, esté en desacuerdo con este criterio.

            Don Ernesto es un ciudadano más de nuestro país y de nuestra Provincia pero, creo que sería justo decir que no es uno más entre nosotros, ha investigado como científico que es, en los más importantes institutos; ha pintado, escrito y publicado en su condición de artista reconocido en todas las latitudes; ha enseñado ejerciendo la docencia, socializando conocimiento de excelencia, contribuyendo a forjar el conocimiento de los argentinos; ha sido premiado y galardonado en reiteradas oportunidades; le ha sido otorgado el Doctorado Honoris Causa de numerosas y muy  prestigiosas universidades del mundo; ha sido distinguido y reconocido en todas partes.

            Podría sumar muchos más fundamentos a este proyecto de ley, con solo transcribir el currículum de Sábato, o hacer una línea de tiempo como en la escuela secundaria yendo año por año precisando en cada uno qué hizo.

            De cualquiera de las dos maneras le agregaríamos numerosas fojas a este expediente, pero de todos modos si algún compañero o compañera integrante de este Honorable Cuerpo lo requiere gustosamente le haré llegar una copia.

            Don Ernesto Sábato es Ciudadano Ilustre de la Ciudad de Buenos Aires, pero no ha sido declarado Ciudadano Ilustre de la Provincia de Buenos Aires, la que lo vio nacer y en la que aún reside.

            ¿Podemos seguir sosteniendo en la práctica semejante contradicción y desaire para con quien tuvo a su cargo nada menos que presidir la C ONADEP?

            Sobreentendiendo que la respuesta a la pregunta anterior es sin lugar a dudas negativa y a sabiendas de que todavía tenemos con nosotros a ese digno, maravilloso y longevo exponente de los bonaerenses, de los argentinos y de la condición humana, es que le solicito a la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS, la aprobación del presente proyecto de ley.