Fundamentos de la Ley 13641
El presente proyecto tiene por objeto la expropiación de un inmueble lindero a la Unidad Sanitaria Nro. 1, Centro Dr. Javier A Sábatto, con destino a la ampliación de las instalaciones existentes.
La salud pública en el partido de Berazategui se presta a través de 36 unidades sanitarias y el hospital Evita Pueblo, siendo el Centro mencionado ut supra el pilar de referencia en salud del municipio.
Ello se debe a diversos factores como, la ubicación céntrica en la que se encuentra, el fácil acceso, la excelencia de profesionales de la salud que allí se desempeñan así como la complejidad y complexión de los servicios que se ofrecen.
Cabe mencionar que las estadísticas poblacionales muestran un aumento demográfico en la zona de un 22.4 % lo cual ha tenido como consecuencia directa un constante crecimiento de las prestaciones ofrecidas por este centro, resultando a la fecha insuficientes las instalaciones edilicias existentes para atender la demanda de los vecinos que acuden al lugar.
Frente a esta situación, y ante la manda constitucional prevista en el artículo 36 inciso 8 de la Constitución Provincial por la cual se garantiza el acceso a la salud a todos los habitantes y se sostiene al servicio de salud público y gratuito y valiéndonos del instituto jurídico de la expropiación proponemos dar solución a esta necesidad que día a día se irá incrementando, expropiando los terrenos linderos al centro Javier Ángel Sábatto, única disponibilidad territorial susceptible de posibilitar la ampliación edilicia que la demanda en la prestación de servicios de salud está reclamando.
Por todo lo expuesto, solicito a los señores legisladores acompañen con su voto afirmativo el presente proyecto.