Fundamentos de la Ley 13704

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se propicia la declaración del estado de emergencia de las policías de la Provincia de Buenos Aires.

A partir del mes de abril de 2004, se retomó en la provincia de Buenos Aires el plan de reforma de las policías iniciado en el año 1998, que quedara trunco a mediados de 1999. Dicho plan, fruto del diagnóstico cuidadoso de las diversas variables en juego y, en particular, del estado de situación en que se encontraba la institución policial, profundamente desprestigiada a causa del fenómeno de la corrupción en la que aparecían comprometidos un número creciente de sus cuadros, se lo concibió dentro de un proceso más vasto de reformas.

La reforma de las policías que tuvo su origen a partir de la declaración de emergencia dispuesta por la Ley Nro. 11.880, abrió el camino para una nueva organización de la institución policial con la sanción de las Leyes Nros. 12.154 y 12.155, permitiendo un proceso progresivo de descentralización, siendo su definición normativa finalmente plasmada con la sanción de la Ley Nro. 13.482 de Unificación de las Normas de Organización de las Policías de la Provincia.

En el plan de reformas también se había previsto el reordenamiento del personal policial, a través de un nuevo escalafón de acuerdo a criterios de modernización, suprimiendo la distinción entre oficiales y suboficiales, que se materializó a partir de la vigencia de la Ley Nro. 13.201, nuevo Escalafón del Personal Policial y del Decreto Nro. 1.766/05, Estatuto del Personal de Apoyo a las Policías de la Provincia, de la Caja de Retiro, Jubilaciones y Pensiones de las Policías y del Ministerio de Seguridad.

Habida cuenta de la necesidad de contar con personal policial suficiente, se ha diseñado el “Plan de Fortalecimiento Institucional” con el fin de evaluar las necesidades en cada dependencia policial y proyectar las incorporaciones que prima facie resultaren necesarias para normalizar el número de efectivos en actividad, conforme los estándares internacionales.

A esos fines, se tuvo en cuenta la categoría de cada una de las dependencias existentes y las que se tenía proyectado crear o recategorizar, el índice delictivo del último lustro de cada jurisdicción, su territorio y la cantidad de habitantes que arrojara el último censo nacional, obteniéndose así un número ideal de efectivos requeridos para cada dependencia.

Con ello, se ha logrado establecer un criterio para la distribución de los efectivos que egresan semestralmente de los institutos de formación y capacitación policial y regular los traslados entre diversos destinos.

Cabe destacar, a modo ilustrativo, el análisis que se ha realizado para las policías de seguridad: contamos a la fecha con 35.446 efectivos policiales, siendo el número ideal de 60.300. Ingresan anualmente a las áreas de seguridad (Policías de Seguridad Departamental -Policías Comunales y de Distrito-, Cuerpos Centralizados -Caballería, Infantería-, Policía de Custodia de Objetivos Fijos y Traslado de detenidos, Policía Vial y Policía Siniestral) un total de 3.500 efectivos.

Es de resaltar la incorporación y formación desarrollada en el año 2005, donde ingresaron un total de 5.133 efectivos policiales para las distintas policías.

Va de suyo, que el ingreso no implica necesariamente un incremento real de los recursos humanos, toda vez que se producen retiros voluntarios u obligatorios y bajas de personal, sea por razones personales o bien, como consecuencia de la aplicación de sanciones expulsivas (cesantía o exoneración), por faltas graves a la normativa vigente.

Por otra parte, y en relación a los objetivos trazados en materia de personal, se han tomado profundas medidas orientadas a la purificación de los cuadros policiales, prescindiendo de aquellos efectivos implicados en causas penales o considerados autores de actos de corrupción o abusos funcionales graves, o manifiestamente ineficientes, en la suma total de 1053 efectivos desde el inicio de la gestión, destacando con ello ante la comunidad y frente a las filas policiales la imperiosa necesidad de que cada integrante de las policías de la Provincia adapte su accionar a los principios y procedimientos básicos de actuación ponderados por la normativa vigente, y a lo establecido en el Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, elaborado por la Organización de las Naciones Unidas.

Asimismo, es dable hacer notar que como consecuencia de estudios realizados el Ministerio de Seguridad propició la adopción de medidas para potenciar las áreas operativas de la institución policial, que se materializó con la sanción del Decreto Nro. 1.824/06 por el que, a partir del día 1 de agosto del corriente año, ninguna dependencia ni funcionario policial podrá realizar tareas de tipo administrativa de naturaleza diferente a las propiamente policiales.

Lo expuesto encuadra la reforma policial en una etapa de consolidación a partir de su nueva organización normativa y de fortalecimiento institucional, donde los recursos humanos constituyen uno de los ejes principales de acción, a partir de dos líneas claras: las políticas de incorporación de nuevos recursos, nuevos perfiles, preparados para brindar un servicio de seguridad público, y el proceso de depuración policial para desterrar de las policías aquellos resabios de prácticas policiales abusivas y violatorias a los derechos humanos.

Es por ello, que la declaración de la emergencia policial constituye una herramienta indispensable para el proceso de fortalecimiento institucional por el cual transita la reforma de la institución policial

A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del Proyecto adjunto.

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.