Fundamentos de la

Ley 13978

 

Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se modifica el artículo 1 de la Ley Nro. 11.221 y sus modificatorias.

Por la ley citada, se otorgó un subsidio mensual para el personal de la Administración Pública provincial, dependiente del Poder Ejecutivo, de la Constitución, del Banco de la Provincia de Buenos Aires, de empresas públicas y personal del Poder Legislativo, que acrediten la calidad de ex soldados conscriptos de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, que hayan actuado en las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el denominado Teatro de Operaciones Malvinas (T.O.M.) o aquellos que hubieren entrado en efectivas acciones bélicas de combate dentro del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S.) y civiles que cumplieran funciones en las mismas.

La mencionada ley no incluyó en dicho reconocimiento a suboficiales y oficiales de las fuerzas armadas y de seguridad, así como tampoco al personal dependiente de las municipalidades de la provincia de Buenos Aires que acreditaren la calidad establecida en la misma. Dejando sin beneficio a un importante sector de Veteranos de Guerra de Malvinas.

Por tal motivo, invitamos a que a través de sus ordenanzas adhieran a las leyes y propiciamos  la inclusión en la normativa citada del mencionado personal.

Con ello, pretendemos reparar la situación descripta, cerrando así discriminaciones injustas y divisiones estériles.

Por los motivos expuestos, solicitamos a los señores legisladores que nos acompañen con su voto favorable en el pronto tratamiento de esta iniciativa, que entendemos como justo reclamo.