DEPARTAMENTO DE TRABAJO
DECRETO 1047
VISTO los expedientes Nº 21500-2033/14 y N° 215204-4876/01 y N° 21504-18616/06, por los cuales se propicia declarar insalubres a los fines previsionales las tareas de soldadura desarrolladas en distintos sectores por el personal del Ente Administrador Astilleros Río Santiago, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 26 del Decreto Ley Nº 9.650/80 (Texto Ordenado Decreto Nº 600/94), faculta al Poder Ejecutivo para establecer límites de edad y servicios diferenciales en el caso de tareas insalubres, determinantes de vejez o agotamiento prematuro;
Que por Resolución del Subsecretario de Trabajo N° 6.229/07, fueron declaradas insalubres las tareas de soldadura que desarrolla el personal del Ente Administrativo Astillero Río Santiago;
Que a fojas 2 del expediente N° 21500-2033/14, el Dr. Héctor Oscar SCAVUZZO presidente del Ente Administrador Astillero Río Santiago solicita la declaración de insalubridad a los fines previsionales de las tareas desarrolladas en el sector Soldadura de dicho Ente;
Que resulta necesario el reconocimiento de las tareas insalubres a los fines del Decreto Nº 430/81;
Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado a fojas 14 y 19 del expediente N° 21500-2033/14 respectivamente;
Que Contaduría General
de
Que la presente medida
se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 26 del Decreto
Ley Nº 9.650/80 –Texto Ordenado- Decreto Nº 600/94 y 144 - proemio- de
Por ello,
EL
GOBERNADOR DE
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Reconocer el carácter de insalubres, a los fines previstos en el artículo 1º del Decreto Nº 430/81, a las tareas de soldadura desarrolladas en distintos sectores por el personal del Ente Administrador Astillero Río Santiago, que fueran declaradas insalubres mediante Resolución del Subsecretario de Trabajo Nº 6.229/07, cuya copia íntegra el presente decreto como Anexo 1.
ARTÍCULO 2°. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Oscar A. Cuartango Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Trabajo Gobernador
NOTA: El Anexo puede ser consultado en su formato PDF