DECRETO 1.437

 

La Plata, 20 de junio de 2001.

 

VISTO: El acuerdo prestado por el Honorable Senado y de conformidad con lo prescripto por el Art. 175 de la Constitución de la Provincia.

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE

BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

Art. 1º - Nómbrase en el Poder Judicial

 

Departamento Judicial San Martín.

Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial (Sala I):

Juez: Al Dr. Manuel Augusto Sirven (D.N.I. 4.359.859, Clase 1941).

 

Art. 2º - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Justicia.

 

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dese al “Boletín Oficial”. Cumplido archívese.

 

RUCKAUF

J. O. Casanovas