DECRETO 1.437
La Plata, 20 de junio de 2001.
VISTO: El acuerdo prestado por el Honorable Senado y de conformidad con lo prescripto por el Art. 175 de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES
DECRETA:
Art. 1º - Nómbrase en el Poder Judicial
Departamento Judicial San Martín.
Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial (Sala I):
Juez: Al Dr. Manuel Augusto Sirven (D.N.I. 4.359.859, Clase 1941).
Art. 2º - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Justicia.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dese al “Boletín Oficial”. Cumplido archívese.
RUCKAUF
J. O. Casanovas