DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS
DECRETO 2.472

La Plata, 19 de septiembre de 2007

VISTO el expediente N° 2436-8679/07 por el cual se propicia la nominación de los miembros del Comité de Cuenca del Río Reconquista, y

CONSIDIERANDO:
Que por el artículo 1° del Decreto N° 3002/06 se aprobó el nuevo Programa de Saneamiento Ambiental de la Cuenca del Río Reconquista, contemplándose por el artículo 2° el monitoreo permanente de la gestión por parte del Comité de Manejo Integral de la Cuenca (COMIREC), en el marco de la Ley N° 12653;
Que efectivamente, la mencionada Ley provincial establece en su artículo 5° que la dirección y administración del COMIREC, estará a cargo de un directorio compuesto por siete (7) miembros, indicando en los incisos a), b) y c), la representación y la forma de designación de los mismos;
Que en función de ello se propone designar "ad honorem" como Presidente del COMIREC al Presidente de la Autoridad del Agua, Ingeniero Hugo Pablo AMICARELLI, vicepresidente y representante del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, al Director Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas, Ingeniero Norberto Daniel COROLI, como representante del Ministerio de Gobierno a la arquitecta Verónica VASQUEZ y en representación de la Secretaría de Política Ambiental al Licenciado Alejandro Rodolfo MALPARTIDA;
Que por otra parte y la propuesta de los Municipios de la Cuenca, en cumplimiento de lo normado en el inciso c) del artículo 5° de la Ley N° 12653, se propone designar con carácter "ad honorem" al Ingeniero Aníbal PAZOS como representante de los Municipios de General Las Heras, General Rodríguez, Luján, Marcos Paz, Merlo y Moreno (Cuenca Alta); al Señor Humberto Víctor OLMEDO como representante de los Municipios de General San Martín, Hurlingham, ltuzaingó, José C. Paz, Malvinas Argentinas, Morón, San Miguel y Tres de Febrero (Cuenca Media) y al Arquitecto Guillermo ZWANCK como representante de los Municipios de San Fernando, San Isidro, Tigre y Vicente López (Cuenca Baja);
Que en orden a lo expresado se fija la sede administrativa del COMIREC en las oficinas ubicada, en la calle 3 N° 1630 de la ciudad de La Plata,
Que en este marco de ideas corresponde determinar un plazo de noventa (90) días para que el COMIREC eleve su propuesta de estructura orgánico funcional al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 12653;
Que de conformidad con lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno (fojas 14 y vuelta) y lo dispuesto por el artículo 144 -proemio- de la Constitución Provincial, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;


Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1° - Designar con carácter "ad honorem” a los miembros del Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC), conforme se indica a continuación: Presidente del COMIREC al presidente de la Autoridad del Agua, Ingeniero Hugo Pablo AMICARELLI DNI 8.113.249, vicepresidente y representante del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos al Director Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas, Ingeniero Norberto Daniel COROLI - DNI 13.137.520, representante del Ministerio de Gobierno arquitecta Verónica VASQUEZ - DNI 16.261.971 y en representación de la Secretaría de Política Ambiental al Licenciado Alejandro Rodolfo MALPARTIDA DNI 13.797.891.
ARTICULO 2° - Designar a propuesta de los Municipios de la Cuenca y con carácter "ad honorem" al Ingeniero Aníbal PAZOS - DNI 12.344.190 como representante de los Municipios de General Las Heras, General Rodríguez, Luján, Marcos Paz, Merlo y Moreno (Cuenca Alta); al Señor Humberto Víctor OLMEDO - DNI 10.872.958 - como representante de los Municipios de General San Martín, Hurlingham, ltuzaingó, José C. Paz, Malvinas Argentinas, Morón, San Miguel y Tres de Febrero (Cuenca Media) y al Arquitecto Guillermo ZWANCK - DNI 12.254.658 - como representante de los Municipios de San Fernando, San Isidro, Tigre y Vicente López (Cuenca Baja).
ARTICULO 3° - Establecer la sede administrativa del Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC) en el domicilio sito en calle 3 N° 1630 de la ciudad de La Plata.
ARTICULO 4° -. Fijar un plazo de noventa (90) días contado a partir del presente en el Boletín Oficial para que el Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC) eleve la propuesta de la estructura orgánico funcional al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
ARTICULO 5° - El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y de Gobierno.
ARTICULO 6° - Registrar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA y pasar al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos. Cumplido, archivar.

Eduardo Sicaro                           Felipe Solá
Ministro de Infraestructura,       Gobernador
Vivienda y Servicios Públicos