DECRETO-LEY 11322/57

 

Donando a establecimientos educacionales, las publicaciones existentes en la Dirección de Enseñanza Agraria.

 

LA PLATA, 3 de JULIO de 1957.

 

VISTAS las actuaciones producidas en expediente Nº 2.704-4.548, de 1956, por las cuales la Dirección de Enseñanza Agraria, del Mi­nisterio de Asuntos Agrarios, solicita autorización para proceder a la donación de publicaciones existentes en su dependencia, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que tales publicaciones, consistente en folletos, anuarios, car­tillas de divulgación, etc., en deficientes estado de conservación de­bido a la acción del tiempo, se hallan expuestas a una total destrucción.

 

Que, asimismo el material de referencia ha perdido actualidad en su mayor parte, y sólo conserva cierto valor didáctico que podría ser aprovechado por algunos establecimientos educacionales.

 

Por ello, atento a lo informado por la Contaduría de la Provin­cia, lo dictaminado por el señor Asesor General de Gobierno y la vis­ta del señor Fiscal de Estado,

 

EL INTERVENTOR FEDERAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN EJERCICIO DEL PODER LEGISLATIVO DECRETA CON FUERZA DE

 

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Asuntos Agrarios a donar a establecimientos educacionales, por intermedio de su Dirección de Enseñanza Agraria, las publicaciones existentes en la precitada re­partición, que se detallan a fojas 9/15 del expediente 2.704-4.548, del año 1956.

 

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto-Ley será refrendado por todos los señores Ministros en Acuerdo General.

 

ARTÍCULO 3.- Notifíquese el señor Fiscal de Estado, comuníquese, pu­blíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial"; dése oportuna cuenta a la Honorable Legislatura y pase al Ministerio de Asuntos Agrarios, a sus efectos.