DECRETO-LEY 11322/57
Donando a establecimientos educacionales, las publicaciones existentes en la Dirección de Enseñanza Agraria.
LA PLATA, 3 de JULIO de 1957.
VISTAS las actuaciones producidas en expediente Nº 2.704-4.548, de 1956, por las cuales la Dirección de Enseñanza Agraria, del Ministerio de Asuntos Agrarios, solicita autorización para proceder a la donación de publicaciones existentes en su dependencia, y
CONSIDERANDO:
Que tales publicaciones, consistente en folletos, anuarios, cartillas de divulgación, etc., en deficientes estado de conservación debido a la acción del tiempo, se hallan expuestas a una total destrucción.
Que, asimismo el material de referencia ha perdido actualidad en su mayor parte, y sólo conserva cierto valor didáctico que podría ser aprovechado por algunos establecimientos educacionales.
Por ello, atento a lo informado por la Contaduría de la Provincia, lo dictaminado por el señor Asesor General de Gobierno y la vista del señor Fiscal de Estado,
EL INTERVENTOR FEDERAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN EJERCICIO DEL PODER LEGISLATIVO DECRETA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Asuntos Agrarios a donar a establecimientos educacionales, por intermedio de su Dirección de Enseñanza Agraria, las publicaciones existentes en la precitada repartición, que se detallan a fojas 9/15 del expediente 2.704-4.548, del año 1956.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto-Ley será refrendado por todos los señores Ministros en Acuerdo General.
ARTÍCULO 3.- Notifíquese el señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial"; dése oportuna cuenta a la Honorable Legislatura y pase al Ministerio de Asuntos Agrarios, a sus efectos.