DECRETO 744/91

La Plata, 22 de marzo de 1991.

 

Visto el expediente nº 2211-25.819/90, en cuyas actuaciones el Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires, propicia la modificación de los requisitos para el ingreso en la Escuela de Cadetes “Baltazar Iramaín”, establecidos en el artículo 98º apartados 2, 3 y 4 del Reglamento Interno Decreto nº 1972/71; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que tal modificación tiene por finalidad mejorar el grado de preparación cultural de los ingresantes a esa Escuela de Cadetes, propendiendo a asegurar un nivel más alto de capacitación de los mismos;

 

Que es preciso acentuar los requisitos de estudio y perfeccionamiento de los futuros oficiales de dicho Servicio Penitenciario Provincial, adecuándoles a las exigencias de actualización correspondientes, para garantizar el cumplimiento de los fines de la Institución y beneficio de la sociedad toda;

 

Que para el caso se han expedido favorablemente la Asesoría General de Gobierno, la Dirección General del Personal de la Provincia y la Subsecretaría de Justicia;

 

 Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

 

ARTÍCULO 1º-. Modifícanse los apartados 2, 3 y 4 del artículo 98º del decreto nº 1972/71, Reglamento Interno de la Escuela de Cadetes del Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires, “Baltazar Iramaín”, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

 

ARTÍCULO 98º: Son requisitos para el ingreso al Instituto:

…2.- Tener de Diecisiete (17) a Veintitrés (23) años de edad al día de su incorporación.

…3.- Tener el ciclo de nivel medio completo.

…4.- Aprobar un examen de aptitud teórico-práctico.

 

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.