Fundamentos de la Ley 13249

 

 

 

OBSERVACIÓN: Esta Ley fue el resultado de la aprobación en conjunto de los expedientes D-1786/04-05 y D-1777/04-05, por lo cual se vuelcan los fundamentos presentados con cada uno de los expedientes referidos.

 

D-1786/04-05

Considerando que a partir de la aprobación de la Ley 12.954 se posibilitó la autogestión, por parte de los trabajadores de la actual "Cooperativa de Trabajo San Justo Limitada", para afrontar la desocupación y garantizarse una fuente de trabajo.

Que fue el puntapié inicial para que se active y acreciente la capacidad de producción de esta empresa proveedora de las autopartistas de terminales automotrices y por lo cual consideramos conveniente la prórroga de dicha ley, protegiendo de esta manera el derecho de trabajar de la gente que día a día participa en la fábrica.

Por lo antes expuesto solicitamos se nos acompañe con el voto afirmativo.

 

D-1777/04-05

La gravedad de la actual crisis socioeconómica trae aparejada una difícil situación para miles de trabajadores que ven cercenado su derecho constitucional al trabajo, sobre todo por el cierre de establecimientos productivos o el abandono de los mismos por parte de sus dueños.

Esta situación genera una multiplicidad de problemas, ya no sólo para los empleados que pierden objetivamente las fuentes de ingresos de su grupo familiar y subjetivamente el sentido de la dignidad, sino para la sociedad toda por el desaprovechamiento del conocimiento y el potencial productivo que tanto costó generar, la ruptura de la cadena de pagos , y la merma del consumo la baja de la capacidad contributiva y el aumento de los índices de exclusión por nombrar sólo alguna de sus consecuencias.

Los trabajadores de la empresa Cristalería San Justo S.A.I.C., un ejemplo de dicha circunstancia. EI derecho de trabajar debe ser protegido por la sociedad, considerándolo, con la dignidad que merece y proveyendo ocupación a quien la necesite.

Debe ser objetivo de las autoridades garantizar la fuente de trabajo para todas las familias que brindaron su fuerza laboral, desde hace tanto, en plantas fabriles del distrito que se encuentran sin actividad productiva.

Es muy importante observar que algunos trabajadores no se han resignado a esperar un destino incierto y se han organizado para afrontar la desocupación a través de la formación de la "Cooperativa de Trabajo San Justo Limitada", con el reconocimiento del Instituto Provincial de Acción Cooperativa (IPAC); para funcionar normalmente como persona jurídica, sobre la base de lo establecido por la Ley Nacional de Cooperativas Nro. 20.337.

Este emprendimiento fue posible, principalmente por su capacidad de organización, pero también por un conjunto de medidas que acompañaron tal iniciativa. Una de estas medidas fue impulsar un proyecto de ley de expropiación, que tuvo resultado positivo con la promulgación de la Ley 12.954.

El presente proyecto apunta a dar continuidad a una herramienta necesaria para que los trabajadores de dicha Cooperativa puedan continuar con este emprendimiento que los dignifica.

La empresa recuperada por los trabajadores, fue en sus comienzos un emprendimiento familiar, de envergadura mediana y fabricante de lentes de vidrio para faros automotores y piezas de vidrio para alumbrado público y del hogar comercializando sus productos en todo el país, Europa y América Latina. Inicia sus actividades aproximadamente en el año 1965, teniendo como característica destacable, que durante más de veinticinco años ha sido la única empresa nacional proveedora de las autopartistas de terminales automotrices.

Esta es la única planta en su rubro de la ciudad y la provincia de Buenos Aires. Sólo existe otra comparable en la ciudad de Rosario.

La continuidad de trabajo de la Cooperativa de Trabajo San Justo Limitada, ha evitado el cierre de una fuente de trabajo nacional, posibilitando la reinserción laboral de 30 o 40 familias, subsistiendo gracias al sacrificio propio del personal y de los proveedores de bienes locales que han acompañado el esfuerzo.

Por todo lo expuesto, es que solicitamos a los señores legisladores acompañen con su voto positivo la presente iniciativa.