LEY 13599

 

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Declárase monumento histórico arquitectónico provincial, a la Casa del Puente, conjunto integrado por el edificio principal, un (1) pabellón de servicio y el parque de dos (2) manzanas ubicado entre las calles Matheu – Funes – Saavedra – Gral. Guido y las vías del Ferrocarril General Roca de la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, designada catastralmente como Circunscripción: VI, Sección: C, Chacra 266, Parcelas: 11a, 11b, 11c, 11d y 12.

 

ARTICULO 2.- La presente Ley se encuentra en los términos y alcances previstos en la Ley 10419 y su ampliatoria 12739 y sus decretos reglamentarios.

 

ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.