Fundamentos de la Ley 12535

 

 

            Esta iniciativa tiene por finalidad declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles anteriormente citados y transferirlos a la escuela 42, lindante con dichos inmuebles, con destino a la ampliación del establecimiento escolar.

            Bajo el Decreto 2.085 (18 de julio de 1995), promulgado por el intendente municipal de Florencio Varela señor Julio César Pereyra, se dispone la ocupación de esos inmuebles conforme a los términos de la Ordenanza 2.376/89 ya que se constatan en estado de abandono y debe procederse a concretar su saneamiento y mantenimiento.

            El 21 de julio del mismo año, la municipalidad de Florencio Varela y la asociación cooperadora de la escuela 42 celebran un convenio de uso por el cual, bajo los términos de aquella ordenanza se cede por el término de dos años y de manera precaria el uso de dichos inmuebles.

            Dicho convenio llega a su fin y bajo sus términos no pueden efectuarse en los predios afectados, las ampliaciones edilicias necesarias para la implementación del 9no. Grado del 3er. Ciclo de E.G.B., tal como lo exige la Ley Provincial de Educación, en el marco de la Ley Federal 24.195.

            La expansión de matrícula derivada de la obligatoriedad que impone la ley, acentúa aún más la necesidad de ampliar la infraestructura escolar en los inmuebles aledaños puesto que de intentarse concretizarlas en el propio dominio ocupado por la escuela, agudizarían la falta de espacio físico.