LEY 12791

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE

 BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a ampliar la emisión de Letras de Tesorería para la Cancelación de Obligaciones, "Patacón 2", previstas en el artículo 14 de la Ley 12.774, al sólo efecto de reemplazar a las Letras de Tesorería para la Cancelación de Obligaciones, "Patacón", con vencimiento el 25 de julio de 2002, que sean rescatadas por el procedimiento previsto en el artículo 13 de la Ley 12.727, o por otros procedimientos que el Poder Ejecutivo considere conveniente, en la medida en que se respeten los derechos de los tenedores de Patacones.

 

ARTÍCULO 2.- La emisión autorizada en el artículo anterior se efectivizará previa destrucción o inutilización efectiva de las Letras de Tesorería para la Cancelación de Obligaciones, "Patacón", rescatadas, que vayan a ser reemplazadas por "Patacón 2".

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.