LEY
12791
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder
Ejecutivo a ampliar la emisión de Letras de Tesorería para la Cancelación de
Obligaciones, "Patacón 2", previstas en el artículo 14 de la Ley 12.774, al sólo efecto de
reemplazar a las Letras de Tesorería para la Cancelación de
Obligaciones, "Patacón", con vencimiento el 25 de julio de 2002, que
sean rescatadas por el procedimiento previsto en el artículo 13 de la Ley 12.727, o por otros
procedimientos que el Poder Ejecutivo considere conveniente, en la medida en
que se respeten los derechos de los tenedores de Patacones.
ARTÍCULO 2.- La emisión autorizada en
el artículo anterior se efectivizará previa destrucción o inutilización
efectiva de las Letras de Tesorería para la Cancelación de
Obligaciones, "Patacón", rescatadas, que vayan a ser reemplazadas por
"Patacón 2".
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.