Fundamentos de la Ley 12485

 

El presente proyecto de ley propicia la creación, dentro del ámbito del Registro Provincial de las Personas, Ministerio de Gobierno, de una oficina que centralice la información sobre denuncias de personas con paradero desconocido, cualquiera sea la supuesta causa de desaparición.

            Por medio de la creación de un sistema efectivo de intercomunicación, la Oficina (ORPPaDe) colaborará permanentemente con las autoridades judiciales, ya sean en fueros de familia, civiles o penales, intercambiando información y buscando una mayor efectividad en la identificación de personas extraviadas y en las causas de hallazgo de restos humanos. En este último supuesto ocurre generalmente que cuando la autoridad policial o judicial hallan restos óseos humanos comienza un periplo de envíos e intercambios de oficios entre departamentos policiales y juzgados para intentar identificar el cuerpo encontrado.

            Instituyéndose en el plexo normativo provincial la creación de esta oficina, todas las causas de hallazgo de personas, extravío de personas (mayores y menores) hallazgo de restos óseos humanos, identificación de NN, etc., el trámite para lograr una adecuada respuesta al reclamo del particular y de la sociedad se vería claramente simplificado.

            Esta ley formaría parte del anexo legislativo complementario de los códigos de procedimiento en lo Civil y Comercial y en lo Penal de la Provincia a efectos de lograr un mejor conocimiento de la institución por parte de las autoridades judiciales y los profesionales de la materia.

            Por los motivos brevemente expuestos, solicito a mis pares aprobar la presente iniciativa.