Decreto 438/2020

La Plata, 4 de junio de 2020

VISTO el expediente EX-2020-06003228-GDEBA-HICDCMSALGP, por el cual se gestiona la aceptación de la renuncia, a partir del 11 de febrero de 2020, de María Irene VALLE al cargo de Directora Asociada del Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Colonia Dr. Domingo Cabred" de Open Door, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, y la designación en su reemplazo, a partir del 12 de febrero de 2020, del Médico Daniel Eduardo NAJLES, y

CONSIDERANDO:

Que María Irene VALLE presentó, a partir del 11 de febrero de 2020, su renuncia como Directora Asociada, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Colonia Dr. Domingo Cabred" de Open Door, quien había sido designada por Decreto N° 1098/16;

Que la presente situación se encuentra contemplada en lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528;

Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que la agente saliente no registra sumario administrativo pendiente de resolución;

Que es procedente limitar los alcances del artículo 5° del Decreto N° 1098/16, dejando establecido que María Irene VALLE, se reintegra a su cargo de revista como Asistente Social de Hospital “B”, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el establecimiento citado en el exordio, manteniendo el beneficio de bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer dentro del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, de conformidad con lo establecido por el artículo 17 de la Reglamentación de la Ley N° 10.471, aprobada por Decreto N° 3589/91;

Que, consecuentemente, se propicia la designación, a partir del 12 de febrero de 2020, como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Colonia Dr. Domingo Cabred" de Open Door, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, del Médico Daniel Eduardo NAJLES, quien posee funciones interinas de Jefe de Servicio Clínica Médica, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor en el precitado nosocomio, otorgadas mediante Resolución del Ministro de Salud N° 441/18, las que deberán ser limitadas por el presente;

Que las funciones de Director Asociado integran la Carrera Profesional Hospitalaria en virtud de lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528;

Que la designación propiciada se efectúa a partir de fecha cierta, en virtud de la excepción prevista en el último párrafo del artículo 3° del Decreto N° 99/2020, modificatorio del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E;

Que en virtud del trámite propiciado, Daniel Eduardo NAJLES reserva el cargo que posee como Médico de Hospital “A” - Especialidad: Clínica Médica, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor en el nosocomio de referencia, mientras se desempeñe como Director Asociado del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;

Que resulta necesario dejar establecido que una vez que concluya su desempeño como Director Asociado del Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Colonia Dr. Domingo Cabred" de Open Door, Daniel Eduardo NAJLES retomará a su cargo de revista en el régimen horario de treinta y seis (36) horas semanales de labor, en virtud de que dicho establecimiento es considerado insalubre a los fines previsionales, mediante Decreto Nº 2198/01 y su ampliatorio Decreto Nº 2868/02;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 11 de febrero de 2020, la renuncia presentada por María Irene VALLE (DNI N° 22.324.620 – Clase1972) como Directora Asociada del Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Colonia Dr. Domingo Cabred" de Open Door, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designada por Decreto N° 1098/16, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528.

ARTÍCULO 2°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 11 de febrero de 2020, los alcances del artículo 5° del Decreto N° 1098/16, dejando establecido que la profesional citada en el artículo precedente, retomará su cargo de revista como Asistente Social de Hospital “B”, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Colonia Dr. Domingo Cabred" de Open Door, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, manteniendo el beneficio de bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer dentro del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, de conformidad con lo establecido por el artículo 17 de la Reglamentación de la Ley N° 10.471, aprobada por Decreto N° 3589/91.

ARTÍCULO 3º. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 12 de febrero de 2020, las funciones interinas de Jefe de Servicio Clínica Médica, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor en el Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Colonia Dr. Domingo Cabred" de Open Door, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, otorgadas mediante Resolución del Ministro de Salud N° 441/18, a Daniel Eduardo NAJLES (DNI N° 12.976.604 – Clase 1959).

ARTÍCULO 4º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 12 de febrero de 2020, como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Colonia Dr. Domingo Cabred" de Open Door, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, al Médico Daniel Eduardo NAJLES (DNI N° 12.976.604 – Clase 1959), de conformidad con lo establecido por el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.

ARTÍCULO 5°. Reservar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 12 de febrero de 2020, el cargo que posee Daniel Eduardo NAJLES (DNI N° 12.976.604 – Clase 1959) como Médico de Hospital “A” – Especialidad: Clínica Médica, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor en el Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Colonia Dr. Domingo Cabred" de Open Door, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, mientras se desempeñe como Director Asociado del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.

ARTÍCULO 6º. Dejar establecido en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, que una vez que Daniel Eduardo NAJLES (DNI N° 12.976.604 – Clase 1959) concluya su desempeño como Director Asociado, retomará a su cargo de revista en el régimen horario de treinta y seis (36) horas semanales de labor, en virtud de que el establecimiento Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Colonia Dr. Domingo Cabred" de Open Door, es considerado insalubre a los fines previsionales, mediante Decreto Nº 2198/01 y su ampliatorio Decreto Nº 2868/02.

ARTÍCULO 7º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 8º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Daniel Gustavo Gollán, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador