Provincia de Buenos Aires

AGENCIA DE RECAUDACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Resolución Normativa Nº 28/13

 

La Plata, 30 de julio de 2013.

 

VISTO que por el expediente Nº 22700-28402/13 se propicia considerar prorrogado, hasta el 22 de enero de 2013, el vencimiento para el ingreso de la primera cuota del Impuesto a los Automotores correspondiente al ejercicio fiscal 2013, cuando el pago de dicha obligación hubiere sido efectuado hasta el 8 de abril de 2013; como así también considerar efectuado en término el pago anual de dicho tributo, cuando el mismo se hubiere realizado hasta el 22 de enero del corriente; en ambos casos, a través de puestos de caja del Banco de la Provincia de Buenos Aires y Agencias Provincia Pagos habilitadas, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Normativa Nº 57/12 esta Agencia de Recaudación estableció el calendario de vencimientos para el año fiscal 2013 correspondiente al Impuesto a los Automotores, entre otros;

Que, posteriormente, mediante la Resolución Normativa Nº 65/12, esta Agencia de Recaudación prorrogó el vencimiento previsto en el Anexo II de la Resolución Normativa Nº 57/12, para el ingreso de la primera cuota y pago anual del Impuesto a los Automotores, exclusivamente con relación a los vehículos automotores;

Que el Banco de la Provincia de Buenos Aires ha informado la existencia de dificultades operativas vinculadas con la carga del nuevo vencimiento en sus sistemas informáticos, subsanadas a partir del día 8 de abril del corriente año;

Que, por lo expuesto, corresponde establecer lo pertinente a fin de considerar prorrogado, hasta el 22 de enero de 2013, el vencimiento para el ingreso de la primera cuota del Impuesto a los Automotores correspondiente al ejercicio fiscal 2013, cuando el pago de dicha obligación hubiere sido efectuado hasta el 8 de abril de 2013 inclusive, a través de puestos de caja del Banco de la Provincia de Buenos Aires y Agencias Provincias Pagos habilitadas;

Que, por los mismos motivos, corresponde disponer lo necesario a fin de considerar efectuado en término el pago anual del citado tributo, cuando su ingreso se hubiere efectuado hasta el 22 de enero de 2013 inclusive, a través de puestos de caja del Banco de

la Provincia de Buenos Aires y Agencias Provincias Pagos habilitadas;

Que han tomado la intervención que les compete la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, así como la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación, y sus dependencias;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.766;

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Considerar prorrogado, hasta el 22 de enero de 2013, el vencimiento para el ingreso de la primera cuota del Impuesto a los Automotores correspondiente al ejercicio fiscal 2013, cualquiera sea el número de terminación de dominio del vehículo automotor, cuando el pago de dicha obligación se hubiere efectuado hasta el 8 de abril de 2013 inclusive, a través de puestos de caja del Banco de la Provincia de Buenos Aires y Agencias Provincia Pagos habilitadas.

 

ARTÍCULO 2º. Considerar efectuado en término el pago anual del Impuesto a los Automotores correspondiente al ejercicio fiscal 2013, cualquiera sea el número de terminación de dominio del vehículo automotor, cuando su ingreso se hubiere efectuado hasta el 22 de enero de 2013 inclusive, a través de puestos de caja del Banco de la Provincia de Buenos Aires y Agencias Provincias Pagos habilitadas.

 

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.

Cumplido, archivar.

 

Martín Di Bella

Director Ejecutivo

C.C. 7.896