DECRETO 504/78
LA PLATA, 7 de ABRIL de 1978.
VISTO el Expediente 2702-3125/77, por el cual el Ministerio de Asuntos Agrarios, solicita la asignación de un régimen horario de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, para el personal que se desempeña en los establecimientos de campaña de la Dirección de Agricultura, dependiente de la mencionada jurisdicción;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTICULO 1.- Establécese, en Jurisdicción 08 -MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS-, la jornada laboral de cuarenta y cinco (45) horas semanales para los agentes de los establecimientos de campaña de la Dirección de Agricultura.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con cargo a los créditos específicos de esta Jurisdicción 08.
ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Asuntos Agrarios.
ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.