DECRETO 504/78

 

 

 

 

 

LA PLATA, 7 de ABRIL de 1978.

 

 

 

 

 

VISTO el Expediente 2702-3125/77, por el cual el Ministerio de Asuntos Agrarios, solicita la asignación de un régimen horario de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, para el personal que se desempeña en los establecimientos de campaña de la Dirección de Agricultura, dependiente de la mencionada jurisdicción;

 

 

 

 

 

Por ello;

 

 

 

 

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 

 

DECRETA:

 

 

 

 

 

ARTICULO 1.- Establécese, en Jurisdicción 08 -MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS-, la jornada laboral de cuaren­ta y cinco (45) horas semanales para los agentes de los establecimientos de campaña de la Dirección de Agricultura.

 

 

 

 

 

ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presen­te será atendido con cargo a los créditos específicos de esta Jurisdicción 08.

 

 

 

 

 

ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Asuntos Agrarios.

 

 

 

 

 

ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.