LEY 6610
NOTA: Ver Ley 6803 que en su art. 1º amplía plazo establecido en la presente y en su art. 2º modifica el monto de retribución.
Encomendando a la Universidad Nacional de La Plata, la elaboración de Anteproyecto de Ley de acción y procedimiento administrativo y de nuevo Código Contencioso-Administrativo.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Encomiéndase a la Universidad Nacional de La Plata, por intermedio de su Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, la elaboración de Anteproyectos de Ley de acción y procedimiento administrativo y de nuevo Código Contencioso-Administrativo.
ARTÍCULO 2.- Los Anteproyectos deberán ser remitidos a la Honorable Legislatura dentro de los 120 días a contar de la aceptación por parte de la Universidad Nacional de La Plata, de la tarea que por esta Ley se le encomienda.
ARTÍCULO 3.- (Ver Ley 6803 que modifica el monto) A los fines de retribuir a los redactores de los anteproyectos, destínase hasta la suma de ciento cincuenta mil pesos moneda nacional ($ 150.000m/n), con imputación a Rentas Generales.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.