LEY 5603

 

Construcción de un Dispensario de Vías Respiratorias en el Hospital de Quilmes.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Modifícase el Capítulo X, Rubro I, Ítem 149 de la Ley 5142 (Plan General de Trabajos Públicos) que quedará redactado en la siguiente forma: “Para obras de construcción, ampliaciones y reparaciones en el pabellón de aislamiento y su anexo consultorios externos de la Sociedad de Beneficencia Hospital de Quilmes, cedidos al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social por convenio aprobado por decreto 21424 de fecha 19 de septiembre de 1949.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.