DECRETO 1378/94
VISTO el Decreto nº 21/91, por el cual se aprueba el ordenamiento
orgánico-funcional de todas las áreas de
CONSIDERANDO:
Que de la experiencia recogida hasta el momento, surge oportuno proceder a fusionar las Direcciones de Programación Regional y de Proyectos Especiales; en un único sector que unifique las competencias asignadas a las mismas;
Que el proyecto que se aprueba refleja la austeridad impuesta por la reforma que se está implementando;
Que
Que el presente se
dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 7º y
complementarios de
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Modifícase la estructura orgánico-funcional de
ARTÍCULO 2º: Modifícase el artículo 4º del citado decreto en la siguiente forma: suprímense los cargos de Director de Programación Regional y Director de Proyectos Especiales, e incorpórase el cargo de Director de Programas y Proyectos.
ARTÍCULO 3º: Sustitúyese el Anexo II del Decreto Nº 21/91 por el Anexo I del presente, e incorpórase como Anexo VI y el Anexo II de este acto.
ARTÍCULO 4º: Determínase que dentro de un plazo de cuarenta y cinco (45) días corridos a partir de la
fecha de publicación del presente, se procederá a aprobar las aperturas
inferiores de
ARTÍCULO 5º: Encomiéndase
a
ARTÍCULO 6º: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario Ministro en el Departamento de Gobierno y Justicia.
ARTÍCULO 7º: Dése al Registro Oficial, comuníquese, publíquese y archívese.
ANEXO II
Dirección Provincial de Planificación General
Dirección de Programas y Proyectos
ACCIONES
1. Elaborar programas determinando los criterios y pautas básicas a tener en cuenta según las características geográficas y de infraestructura económica y social que presentan las distintas zonas y regiones de
2. Promover la generación de proyectos intermunicipales, regionales y de entidades intermedias y coordinar el accionar con los organismos y entes intervinientes en concordancia con las políticas establecidas por
3. Intervenir en el proceso de ordenamiento territorial de
4. Elaborar proyectos especiales y establecer su compatibilización y proponer prioridades acordes a los objetivos y requisitos fijados por el programa del cual se derivan.
5. Promover e implementar acuerdos consensuados entre organismos de
6. Verificar el cumplimiento de las cláusulas de los distintos convenios que se realicen y efectuar el seguimiento y control de gestión de la marcha de los proyectos.