DECRETO 4692/00

 

 

 

 

 

La Plata, 29 de diciembre de 2000.

 

 

 

 

 

VISTO el expediente n° 2900-10956/00, atento que mediante Decretos 3653/96 y 289/99, se aprobó el convenio firmado entre el señor Ministro de Salud y el señor Intendente Municipal de Moreno, por el cual se dispone la transferencia al ámbito provincial del Hospital Municipal  “Mariano y Luciano de la Vega”, en las condiciones allí determinadas; y

 

 

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

 

 

 

Que consecuentemente resulta necesario efectuar la incorporación y reubicación estatutaria del personal del citado nosocomio, en los cargos de los regímenes Provinciales, a los que fueron debidamente equiparados conforme a las tareas que desempeñan, haciendo uso de la autorización conferida mediante el Artículo 47 de la Ley 12396;

 

 

 

 

 

Que dicha reubicación se efectúa siguiendo los lineamientos de la Ley 10142, modificada por su similar 10304 (Artículo 5°);

 

 

 

 

 

Por ello;

 

 

 

 

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 

 

DECRETA

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 1.- Incorpórase a partir del 1° de Octubre de 1999, en la jurisdicción 11112 Ministerio de Salud - Subsecretaría de Coordinación y Atención de la Salud - Dirección Provincial de Hospitales, el Hospital "Mariano y Luciano de la Vega", con sede en Libertador nº 710 de la cuidad de Moreno, asignándosele la clasificación correspondiente al Perfil "C" Hospital Zonal General, de acuerdo con lo establecido por el Articulo 19 de la Ley 10471 y la Resolución nº 534/87 del Registro de dicha Secretaría de Estado.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2.- Increméntase, en virtud de la autorización conferida por el Artículo 47 de la Ley 12396, en QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE (597) CARGOS el Presupuesto General Ejercicio 2000 -Ley 12396, Sector Publico Provincial no Financiero, Administración Provincial, Administración Central, Jurisdicción 11112: Ministerio de Salud - Jurisdicción Auxiliar: Dirección Provincial de Hospitales - Entidad: 173 Hospital Zonal General "Mariano y Luciano de la Vega" de Moreno - Programa: 096 - Finalidad 3 -Función 1- ­Fuente de Financiamiento 1.1. - Partida Principal 1 – Partida Subprincipal 1, de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

 

 

 

Régimen 01: Ley 10430

 

 

Agrupamiento 1. Personal de Servicio                      Veintidós (22) cargos

 

 

Agrupamiento 2. Personal Obrero                             Diecisiete (17) cargos.

 

 

Agrupamiento 3. Personal Administrativo                Cincuenta y ocho (58) cargos

 

 

Agrupamiento 4. Personal Técnico                           Doscientos treinta y nueve (239)

 

 

Agrupamiento 5.Personal Profesional                       Siete (7) cargos

 

 

 

 

 

Régimen 09: Ley 10471

 

 

Personal comprendido en la Carrera Profesional      Doscientos cincuenta y cuatro (254)

 

 

Hospitalaria.                                                              cargos

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 3.- Incorpórase y reubícase Estatutariamente a partir del 1° de Octubre de 1999, en la Jurisdicción 11112: Ministerio de Salud -Subsecretaría de Coordinación y Atención de la Salud - Dirección Provincial de Hospitales -Hospital Zonal General "Mariano y Luciano de la Vega" de Moreno, dentro del régimen provincial de la Ley 10430, al personal que se detalla en las Planillas como Anexos 1 a 29, forman parte integrante del presente Decreto, en las condiciones que se indican en las mismas.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 4.- Incorpórase y reubícase Estatutariamente a partir del 1º de Octubre de 1999, en la Jurisdicción 11112: Ministerio de Salud - Subsecretaria de Coordinación y Atención de la Salud - Dirección Provincial de Hospitales- ­Hospital Zonal General "Mariano y Luciano de la Vega" de Moreno, dentro del Régimen provincial de la Ley 10471 y sus modificatorias (Carrera Profesional Hospitalaria), con carácter de escalafonado o con carácter de interino en el grado de asistente, según se detalla en cada caso, de conformidad con lo establecido por los Artículos 8 y 47 de la citada norma legal, respectivamente, al personal que se detalla en las Planillas que como Anexos 30 a 42, forman parte integrante del presente Decreto.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 5.- Dispónese el cese en el cargo por aceptación de renuncia a partir del 1° de Octubre de 1999, en la Subsecretaría de Coordinación y Atención de la Salud - Dirección Provincial de Coordinación de Sistemas Regionales de Salud - Dirección de Atención Primaria de la Salud - Unidad Sanitaria "La Reja Grande" de Moreno, de doña Mabel Beatriz KUCZMA (DNI 13809875 - Clase 1960) - Categoría 8 - Clase 3 - Grado X - Agrupamiento 3.Personal Administrativo (Ayudante Administrativo) - 48 horas semanales de labor en la citada dependencia conforme a lo establecido por el Artículo 14 inciso b) de la Ley 10430, (Texto Ordenado-Decreto 1869/96), reglamentada por Decreto 4161/96.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 6.- Dispónese el cese en el cargo por aceptación de renuncia a partir del 6 de Junio de 1995, en la Subsecretaría de Coordinación y Atención de la Salud - Dirección Provincial de Hospitales - Hospital Interzonal de Agudos "Vicente López y Planes" de General Rodríguez, del Dr. Héctor Francisco IBAÑEZ (DNI 4929765 - Clase 1946) - Médico Asistente Interino Especialidad: Clínica Quirúrgica - 36 horas semanales de labor en el citado establecimiento conforme con lo establecido por el Artículo 14 Inciso b) de la ley 10430, (Texto Ordenado-Decreto 1869/96), reglamentada por Decreto 4161/96, en concordancia con el Artículo 45 Inciso b) de la Ley 10471, sustituido por el Artículo 1° de la Ley 10528.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 7.- Dispónese la reserva del cargo de Médico Asistente -Especialidad: Clínica Pediátrica - 36 horas semanales (Guardia) que posee el Dr Nery Orlando FURES (DNI 16112.41 - Clase 1963), mientras el mismo se desempeñe como Director de Capacitación de Profesionales de la Salud, para lo cual fuera designado mediante Decreto 165/97 y confirmado por Decreto 584/00, de conformidad con lo establecido por el Artículo 109 de la Ley 10430 (Texto Ordenado - Decreto 1869/96), en concordancia con el Artículo 33 de la Ley 10471, sustituido por el Artículo 1º de la Ley 10528.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 8.- Dispónese el cese a partir del 1º de Octubre de 1999 como Médicos de Hospital "C" - Especialidad: Clínica Obstétrico Ginecológica – 36 horas semanales de labor, de los agentes que se mencionan a continuación, en las dependencias que se detallan de conformidad con lo establecido por el Artículo 14 Inciso b) de la Ley 10430, (Texto Ordenado-Decreto 1869/96), reglamentada por Decreto 4161/96, en concordancia con el Artículo 45 Inciso b) de la Ley 10471, sustituido por el Artículo 1° de la Ley 10528, en razón de que los mismos han optado por continuar desempeñando el cargo que poseen en el Hospital "Mariano y Luciano de la Vega" de Moreno.

 

 

 

 

 

Subsecretaría de Coordinación y Atención de la Salud - Dirección Provincial de coordinación  de Sistemas Regionales de Salud - Dirección de Atención primaria de la Salud

 

 

Unidad Sanitaria "Florencio Campos" de Moreno

 

 

FlLACK, Gladys María Susana (DNI 11115774 - Clase 1958).

 

 

Unidad Sanitaria "Indaburu" de Moreno

 

 

NATALE, Salvador (DNI 11024488 - Clase 1954).

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 9.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Economía.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 10.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Salud. Cumplido archívese.

 

 

             

 

 

NOTA: El Anexo del presente Decreto no se encuentra digitalizado. Dado que el mismo consta de 42 fojas, lo invitamos a acercarse a nuestra Biblioteca (sita en la Casa Central de Boletín Oficial - calle 3 esquina 523 de Tolosa, La Plata en el horario de 8 a 13), donde se encuentra archivado el original de dicha norma en “formato papel” para consultar su texto y –eventualmente- fotocopiar la parte que necesite del mismo.