DECRETO 915/2021

LA PLATA, 21 de Octubre de 2021

VISTO el expediente EX-2021-06706899-GDEBA-OPNYAMDCGP del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, mediante el cual se propicia la asignación de horas cátedra a Michelle Loretta VENTURA, y

CONSIDERANDO:

Que por el presente se gestiona la asignación de veinte (20) horas cátedra a Michelle Loretta VENTURA, en el Agrupamiento Ocupacional 17, Personal Docente - Carácter Provisional, Nivel de Enseñanza Media, Asignatura Técnicas de Estudio, a partir del 1° de abril de 2021, para prestar funciones en el Hogar Raúl Pérez Carreño;

Que sobre el particular se ha expedido la Junta de Clasificaciones, mediante Acta N° 039 con fecha 25 de marzo de 2021, estimando pertinente dar curso favorable a la presente gestión;

Que para atender la gestión que se impulsa se utilizará la vacante producida por la renuncia a los fines jubilatorios de María Elena HOURS, instrumentada mediante Resolución N° 718/19 del entonces Ministerio de Desarrollo Social;

Que, conforme a la tipificación del Hogar Raúl Pérez Carreño, donde se desempeñará Michelle Loretta VENTURA, corresponde otorgar la bonificación establecida en el Decreto N° 6166/89 y sus modificatorios;

Que la Dirección de Enlace Administrativo informa el gasto y la imputación presupuestaria correspondientes;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que Contaduría General de la Provincia se ha expedido favorablemente;

Que la presente gestión se efectúa de conformidad con los términos del artículo 107 de la Ley N° 10.579 -Estatuto del Docente de la Provincia de Buenos Aires-, y de los artículos 17, 18 y 19 del Decreto N° 6583/88, reglamentario de la Ley N° 10.648 -Carrera del Personal Docente de la Minoridady Decreto N° 6166/89;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Asignar en la Jurisdicción 1.1.1.18, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, Dirección Provincial de Educación, Supervisión y Articulación Interinstitucional, Dirección de Educación, Estudios y Planificación, veinte (20) horas cátedra, a partir del 1° de abril de 2021, a Michelle Loretta VENTURA (DNI N° 39.554.766 – Clase 1996), en el Agrupamiento Ocupacional 17, Personal Docente - Carácter Provisional , Nivel de Enseñanza Media, Asignatura Técnicas de Estudio, para desempeñarse en el Hogar Raúl Pérez Carreño, otorgándole la bonificación establecida en el Decreto N° 6166/89 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente gestión será atendido con cargo a la partida presupuestaria que se detalla: Jurisdicción 1.1.1.18, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Unidad Ejecutora 203, PRG 015, SP 001, ACT 003, Finalidad 3, Función 2, Fuente de Financiamiento 1.1, Inciso 1, Partida Principal 2, Régimen Estatutario 02, Agrupamiento Ocupacional 17, Ubicación Geográfica 999, Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley N° 15.225.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo de la Comunidad y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Andrés Larroque, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.