Fundamentos de la

Ley 10461

 

HONORABLE LEGISLATURA:

            Se somete a consideración de ese Honorable Cuerpo un proyecto por medio del cual se introducen modificaciones a los artículos 8 y 18 de la recientemente sancionada Ley 10.449 –Estatuto para el Personal Técnico Gráfico de la Administración Pública Provincial-.

            Atento que el texto actual contiene, en el segundo párrafo del artículo 8, una errónea remisión al artículo 7, se procedió a reformular dicho precepto con el objeto de dar mayor claridad a la norma.

            En cuanto a la sustitución del artículo 18, se ha sostenido, como fundamento, que la entrada en vigencia de la Ley 10.430 ha jerarquizado a los jefes de departamento, creando una situación desigual entre el cargo previsto por el régimen cuya adecuación se pretende y el nivel establecido para el resto de la Administración Pública, para idéntica función.

            Finalmente se ha tenido en cuenta en el artículo 2 del proyecto que se acompaña, que la vigencia de la ley a sancionarse sea concordante con la de la Ley 10.449.

            Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.