DECRETO 2637/2024
LA PLATA, 4 de Noviembre de 2024
VISTO el expediente EX-2023-00810050-GDEBA-HZGADNLMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la designación de Laura Virginia FERRERO en el Hospital Zonal General de Agudos “Narciso López” de Lanús, y
CONSIDERANDO:
Que atento lo establecido por Resolución Nº 3526/22 del Ministerio de Salud y la Disposición Nº 285/22 de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el referido Ministerio, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91 para cubrir, entre otros, un(1) cargo de Médico/a – Especialidad: Psiquiatría, en el grado de Asistente, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el establecimiento referido;
Que conforme Acta labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a Laura Virginia FERRERO para cubrir uno de los cargos de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y modificatorias detallado en el párrafo que antecede;
Que, en consecuencia, se propicia la designación de la citada agente, a partir del 5 de diciembre de 2022, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;
Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se gestiona limitar, a partir del 5 de diciembre de 2022, la designación con carácter interino de la profesional mencionada precedentemente, en idéntico cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, oportunamente formalizada mediante Resolución Nº 4887/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que la agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y dicha jurisdicción cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley Nº 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto Nº 12/24;
Que por el artículo 4º inciso b) del Decreto - Ley Nº 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto Nº 600/94), se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del dieciséis por ciento (16 %) sobre la remuneración que perciba;
Que en virtud de lo establecido por Decreto Nº 947/89, Laura Virginia FERRERO debe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Técnicos y Asesoramiento dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que la gestión que se promueve se exceptúa de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto N° 272/17E y modificatorios y se impulsa conforme los términos de los artículos 5º, 7° inciso 1), 21 inciso b), 25 y 50 de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;
Que, asimismo, la medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 5 de diciembre de 2022, la designación de Laura Virginia FERRERO (DNI Nº 22.453.520 – Clase 1971), como Médica - Especialidad: Psiquiatría, en el grado de Asistente, con carácter interino y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Zonal General de Agudos “Narciso López” de Lanús, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, formalizada mediante Resolución Nº 4887/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley Nº 10.471 y modificatorias.
ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 5 de diciembre de 2022, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley Nº 10.471, a Laura Virginia FERRERO (DNI Nº 22.453.520 – Clase 1971), como Médica - Especialidad: Psiquiatría, en el grado de Asistente, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Zonal General de Agudos "Narciso López" de Lanús., dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, conforme Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, en los términos de lo establecido en los artículos 5º, 7º inciso 1), 21 inciso b) y 25 de la Ley Nº 10.471y modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, exceptuando la medida de lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto N° 272/17E y modificatorios.
ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que, a partir del 5 de diciembre de 2022, Laura Virginia FERRERO (DNI Nº 22.453.520 – Clase 1971), deberá efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del dieciséis por ciento (16%) sobre la remuneración que perciba, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b) del Decreto - Ley N° 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo establecido por Decreto Nº 947/89.
ARTÍCULO 4°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 14 – Subprograma: 9 – Actividad:1 – Ubicación Geográfica: 434 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria - Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto Nº 12/24.
ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, de Economía y de Gobierno.
ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.
Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.