LEY 14913

 EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 LEY

ARTÍCULO 1°.- Declárase Bien de Interés Histórico incorporado definitivamente al Patrimonio Cultural de la provincia de Buenos Aires, en los términos de la Ley 10.419 y sus modificatorias, a la casa de Susana Esther Soba, ubicada en la Ciudad y Partido de Saladillo, designada catastralmente como Circunscripción I - Sección A - Manzana 66 - Parcela 16c, inscripto su dominio en la Matrícula N° 9.910 y Circunscripción I - Sección A - Manzana 66 - Parcela 17 a, inscripto su dominio en la Matrícula N° 229, ambas a nombre de "Fundación Soba Parrondo".

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.