DECRETO 1800/2024

LA PLATA, 3 de Septiembre de 2024

VISTO el expediente EX-2022-00443836-GDEBA-HZGAHCMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la designación de Román VILARDELL en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Horacio Cestino" de Ensenada, y

CONSIDERANDO:

Que atento a lo establecido por Resolución Nº 3491/21 del Ministerio de Salud y modificatorias y la Disposición Nº 248/21 y su rectificatoria N° 250/21 de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el referido Ministerio, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91 para cubrir, entre otros, dos (2) cargos de Médico – Especialidad: Diagnóstico por Imágenes, en el grado de Asistente, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el establecimiento referido;

Que conforme Acta labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a Román VILARDELL para cubrir uno de los cargos de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y modificatorias detallado en el párrafo que antecede;

Que, en consecuencia, se propicia la designación del citado agente, a partir del 3 de diciembre de 2021, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;

Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se gestiona limitar por el presente, a partir del 3 de diciembre de 2021, la designación con carácter interino del profesional mencionado precedentemente, en idéntico cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, oportunamente formalizada mediante Resolución Nº 3564/20 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que el agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley Nº 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto Nº 12/24;

Que por el artículo 4º inciso b) del Decreto - Ley Nº 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto Nº 600/94), se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del dieciséis por ciento (16 %) sobre la remuneración que perciba;

Que en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto Nº 2868/02, Román VILARDELL debe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior;

Qué, asimismo, es procedente dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13.644, ha hecho lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad realizada por el profesional de referencia con relación al cargo que posee en el Ministerio de Justicia - Dirección Provincial de Salud Penitenciaria, a partir del 3 de diciembre de 2021;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Técnicos y Asesoramiento dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que la gestión que se promueve se exceptúa de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto N° 272/17E y modificatorios y se impulsa conforme los términos de los artículos 5º, 7° inciso 1), 21 inciso b), 25 y 50 de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;

Que, asimismo, la medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 3 de diciembre de 2021, la designación de Román VILARDELL (DNI Nº 31.531.981 – Clase 1985), como Médico – Especialidad: Diagnóstico por Imágenes, en el grado de Asistente, con carácter interino y un régimen horario de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Horacio Cestino" de Ensenada, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, formalizada mediante Resolución Nº 3564/20 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, de conformidad con lo establecido por el artículo 50 de la Ley N° 10.471.

ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 3 de diciembre de 2021, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley Nº 10.471, a Román VILARDELL (DNI Nº 31.531.981 – Clase 1985) como Médico – Especialidad: Diagnóstico por Imágenes, y con un régimen horario de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Horacio Cestino" de Ensenada, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, conforme Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, en los términos de lo establecido en los artículos 5º, 7º inciso 1), 21 inciso b) y 25 de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, exceptuando la medida de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto N° 272/17E y modificatorios.

ARTÍCULO 3°. Disponer que, a partir del 3 de diciembre de 2021, el profesional mencionado en el artículo precedente, debe efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del dieciséis por ciento (16%) sobre la remuneración que perciba, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b) del Decreto - Ley N° 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02.

ARTÍCULO 4°. Dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13.644, ha hecho lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad efectuada por Román VILARDELL (DNI Nº 31.531.981 – Clase 1985), con relación al cargo que posee en el Ministerio de Justicia - Dirección Provincial de Salud Penitenciaria, a partir del 3 de diciembre de 2021.

ARTÍCULO 5°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 19 – Subprograma: 2 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 245 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria - Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto Nº 12/24.

ARTÍCULO 6°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, de Economía y de Gobierno.

ARTÍCULO 7°. Registrar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.