FUNDAMENTOS DE LA

 

LEY 14177

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción a través del cual se propicia, atento el requerimiento efectuado por la suprema Corte de Justicia de la Provincia, sustituir el inciso b) del artículo 15 bis de la Ley № 5.827 -Orgánica del Poder Judicial- T.O. por Decreto № 3.702/92- con el objeto de adecuar las previsiones de las Leyes Nros. 13.601 y 13.672, de creación del Departamento Judicial Moreno-General Rodríguez, a las modificaciones introducidas por las Leyes Nros. 13.298 y 13.634, que establecen el Sistema de protección Integral de la Niñez y disponen el funcionamiento del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil y la transformación de los tribunales de Familia existentes en juzgados unipersonales.

En tal ocasión se estableció –conforme surge del inciso b) del artículo 15 bis de la Ley № 5.827 que el departamento judicial citado se compondría de tres (3) tribunales de Menores y tres (3) tribunales de Familia. Consecuentemente, en función de lo señalado, es necesario determinar la cantidad de órganos del fuero de Responsabilidad Penal Juvenil y de Familia a instrumentarse en la jurisdicción, en el marco de las demandas de la prestación del servicio de administración de justicia.

Habiéndose analizado por parte de las áreas competentes del Poder Judicial de la Provincia los indicadores de litigiosidad, población y extensión territorial, los que fueron evaluados en el ámbito de la Comisión de Estudio para la Reforma del Mapa Judicial creada por Leyes № 13.778 y № 13.822, se entendió prioritario la creación de dos (2) juzgados unipersonales de Familia y de dos (2) juzgados de Garantías del Joven, todos ellos con sede en Moreno.

Asimismo, la Suprema Corte de Justicia, por Resoluciones Nros. 2.471/07 y 2.952/09 requirió la transformación de los tribunales de Familia oportunamente creados.

A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto.

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.