DEPARTAMENTO DE GOBIERNO
DECRETO 2150
VISTO el expediente Nº
2354-518/01, por el cual se gestiona la aprobación del Convenio celebrado entre
el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) y
CONSIDERANDO:
Que dicho convenio tiene
como objeto establecer una cooperación técnica y financiera entre las partes
firmantes a fin de asegurar la logística de los materiales para la capacitación
y para el relevamiento, facilitar la movilidad de los censistas rurales e
implementar
Que ha dictaminado
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DE
DECRETA:
Artículo 1º) Apruébase el
Convenio suscripto entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)
y
Artículo 2º) El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.
Artículo 3º) Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y archívese.
SOLA
G. A. Otero
Entre el Instituto
Nacional de Estadística y Censos, en su carácter de organismo que dirige el
Sistema Estadístico Nacional, según las disposiciones de
PRIMERA: Objeto: El
presente convenio tiene por objeto establecer una cooperación técnica y
financiera entre “EL INDEC” y “
SEGUNDA: Las partes
garantizan el estricto cumplimiento, por parte de todas las personas que
participan de las actividades motivo del presente convenio, de las normas sobre
secreto estadístico y la confidencialidad de la información, de conformidad con
las disposiciones de
TERCERA: El presente
entrará en vigencia a partir de su aprobación por parte del Señor Secretario de
Política Económica del Ministerio de Economía de
CUARTA: “
I. Relevamiento censal:
a) Efectuar los
nombramientos de Jefes de Departamento y asegurar una fluida comunicación con
ellos.
b) Realizar la distribución del material para capacitación de los Jefes de
Departamento y Fracción.
c) Asegurar los nombramientos de Jefes de Fracción, Jefes de Radio y Censistas,
y las comunicaciones dentro de la estructura censal.
d) Garantizar la distribución del material de capacitación dentro de cada
Departamento, de acuerdo con los plazos previstos.
e) Asegurar dentro de los Departamentos la distribución de los materiales para
el operativo recibidos a ese nivel.
f) Asegurar la remisión de los materiales luego del relevamiento hacia la
cabecera del Departamento para posterior retiro por parte de la empresa
adjudicataria.
g) Realizar las acciones pertinentes para garantizar la movilidad de los
Censistas en las áreas rurales.
h) Distribuir cuando fuera necesario, materiales de sensibilización y/o de la
campaña publicitaria.
i) Monitorear en forma permanente el cumplimiento en
j) Informar a “EL INDEC” sobre el avance de las tareas de preparación del Censo
y sobre el desarrollo del relevamiento censal.
k) Enviar a “EL INDEC” las planillas de resultados preliminares confeccionados
por Jefes de Radio (R2) y los resultados preliminares para
II. Encuesta postcensal:
a) Designar, con
acuerdo de “EL INDEC”, al responsable de la encuesta.
b) Conformar la estructura de personal encargado de ejecutar la encuesta de
acuerdo con los perfiles definidos por “EL INDEC”.
c) Asegurar la asistencia del responsable del programa al curso de instrucción
que se desarrollará en Buenos Aires.
d) Disponer de un espacio físico adecuado para desarrollar las actividades, que
cuente con teléfono y correo electrónico para comunicarse con “EL INDEC”.
e) Proveer del material cartográfico y de segmentación para organizar y
seleccionar la muestra.
f) Capacitar a los listadores-supervisores,
recepcionistas y encuestadores.
g) Realizar el listado de viviendas de acuerdo con las pautas de “EL INDEC”.
h) Organizar el operativo de campo e ingresar la información durante el mismo
de acuerdo con el software suministrado por “EL INDEC”.
i) Realizar las entrevistas, recepcionar y supervisar
la tarea de campo.
j) Acondicionar el material de la encuesta para su envío a “EL INDEC”.
k) Informar a “EL INDEC” sobre el desarrollo de las tareas.
QUINTA: “EL INDEC” se compromete a:
Relevamiento censal:
a) Enviar a “
b) Enviar los materiales de sensibilización y de la campaña publicitaria que
fuera necesario.
c) Enviar a las sedes de Departamentos los materiales censales para el
relevamiento censal y a “
d) Informar a “
e) Informar a “
f) Supervisar el cumplimiento del cronograma establecido por el Programa
censal.
II. Encuesta postcensal:
a) Proveer la
metodología para implementar la encuesta y el software correspondiente.
b) Seleccionar la muestra.
c) Capacitar al responsable provincial del programa.
d) Asistir técnicamente a “LA DIRECCION”.
e) Enviar los cuestionarios, planillas y demás elementos para realizar la
encuesta.
f) Supervisar las actividades.
SEXTA: “EL INDEC” se compromete a financiar con cargo a su
presupuesto, de acuerdo al artículo 7º inciso a) y b) y artículo 8º de
SEPTIMA: “EL INDEC” podrá auditar la gestión técnica y
administrativa correspondiente al presente convenio, para lo cual “
OCTAVA: De producirse acontecimientos imprevisibles o de
fuerza mayor que impidieran o demoraran el cumplimiento del presente convenio,
la parte que lo alegare deberá probar tal extremo fehacientemente. Superada la
emergencia y manteniéndose la necesidad de cumplir el fin público perseguido,
las partes podrán reformular el convenio en lo que se refiere al presupuesto y
pagos, procurando mantener la vigencia de las demás cláusulas previstas,
Previamente a dicha reformulación “
NOVENA: Si como consecuencia de la subsistencia de la
fuerza mayor, no pudiera reformularse el convenio y no se hubiera gastado la
totalidad de los fondos proporcionados por “EL INDEC”, “
DECIMA: Si el fin público inicialmente previsto pierde vigencia y desaparece la necesidad de su cumplimiento, las partes podrán rescindir el convenio, liquidándose las acreencias que resultaren.
DECIMOPRIMERA: Para un mejor entendimiento y una más
eficiente realización de las tareas técnicas que este convenio prevé, las
comunicaciones y contactos se realizarán por “
DECIMOSEGUNDA: En caso de incumplimiento, por alguna de las partes, de los aspectos que integran el presente convenio, y sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, se deberá proceder de la siguiente manera:
a) “
b) “EL INDEC” tendrá derecho, en caso de incumplimiento por parte de “
DECIMOTERCERA: Toda cuestión que se suscitare y no
estuviere contemplada en el presente convenio, por cuanto sus especificaciones
son enunciativas y no taxativas, serán resueltas de común acuerdo entre las
partes, conforme a las pautas de cumplimiento de fin público perseguido, en el
marco de
DECIMOCUARTA: Las partes declaran tener competencia legal
y la pertinente facultad para celebrar y firmar el presente convenio en virtud
de las respectivas disposiciones legales y administrativas que rigen el
funcionamiento de los organismos que representan.
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de igual tenor y a un
solo efecto, en
El Instituto Nacional de Estadística y Censos,
representado en este acto por su Director, Dr. Héctor Eduardo Montero, con
domicilio legal en Av. Julio A. Roca 609, Capital Federal, por una parte, y por
la otra
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, en