DEROGADO POR DECRETO 1887/87
DECRETO 2007/85
Visto que el ex –artículo 140º del Decreto 6013/58 Reglamento General de Escuelas Públicas, actual 137º; según texto ordenado 1983, fuera modificado oportunamente por distintos Decretos; y
CONSIDERANDO:
Que la cobertura de cargos jerárquicos provisionales y suplentes es una de las instituciones de la legislación escolar de mayor aplicabilidad en la práctica;
Que si una normativa ágil y eficiente se resiente el servicio educativo que requiere el dinamismo propio de la función docente;
Que la experiencia indica la necesidad de cambiar en parte el sistema vigente, asegurando la unificación de criterios para estas designaciones teniendo en cuenta las particularidades de cada rama y nivel de la enseñanza;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Derógase los Decretos 577/81 y 1057/81.
ARTÍCULO 2º.- Modifícase el Artículo 137º del Decreto 6013/58, el queda redactado de acuerdo a los términos del Anexo que se adjunta al presente Decreto.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.
NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.