DEPARTAMENTO DE GOBIERNO

DECRETO 872/88

La Plata, 2 de marzo de 1988.

 

Visto el Decreto 470 del 1º de abril de 1980 por el que se instituye un Régimen de Becas para Cadetes y Oficiales representantes de los Servicios Penitenciarios Provinciales en la Escuela de Cadetes del Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires, en cuanto a que en su artículo 2º se fija un máximo anual de 8 (ocho) becas en dicho Instituto, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en diciembre de 1986 se firmó el Convenio Interministerial 407 por el que se modificó y actualizó el Plan de Estudios de la Escuela de Cadetes del Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires, por el que se otorga el título de Bachiller Especializado en Ciencias Penitenciarias –Auxiliar de Criminología-.

 

Que esta modificación en los Planes de Estudio lleva una instrumentación orgánico-funcional y económico-financiera capaz de llevar adelante un plan educativo que puede afrontar un sistema becario más amplio que el actual y del que resultarían beneficiados  mayor cantidad de postulantes de otra Provincia.

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el artículo 2º del Decreto 470/80 en cuanto a que a partir del ciclo lectivo 1989 se amplían en 3 (tres) becas por Provincia las ofrecidas a los Servicios Penitenciarios Provinciales en la Escuela de Cadetes del Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y remítase al Servicio Penitenciario de la Provincia..