DECRETO–LEY 701/55
LA PLATA, 25 de OCTUBRE de 1955.
VISTO que en el artículo 1º, la Ley Nº 5753, promulgada por Decreto Nº 8498, de fecha 28 de Junio de 1954, modificatoria del artículo 1º de la Ley 5444, el parque “Los Derechos de la Ancianidad” fue denominado “Presidente Perón”, y
CONSIDERANDO:
Que tal denominación constituye un reconocimiento de valores contemporáneos, que contradicen normas observadas con respetuoso sentido de la tradición que no debió alterarse bajo ningún concepto, para rendir homenaje a quienes no han alcanzado aún el juicio de la historia, a la que está reservada la consagración de todo aquello que así lo ha merecido.
Que es apropiado adoptar oficialmente la denominación con la cual el pueblo lo designa por tradición en reconocimiento a la acción y esfuerzo de quien ha colaborado eficazmente en el aprovechamiento de las riquezas naturales de nuestro suelo.
Por ello,
EL INTERVENTOR NACIONAL EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 5444, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 5753, de la siguiente manera: Denomínase parque “Pereyra Iraola” al actual parque “Presidente Perón”, ubicado en los Partidos de Quilmes y La Plata, expropiado por el Poder Ejecutivo por Decretos números 1465 y 4393 de fechas 28 de Enero y 11 de Marzo de 1949, respectivamente.
ARTÍCULO 2.- Dése oportunamente cuenta a la Honorable Legislatura.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.