Fundamentos de la

Ley 13888

 

El presente proyecto de ley, tiene por objeto regularizar la situación dominial por la cual atraviesan los ocupantes de los terrenos, donde desarrolla sus actividades la Sociedad de Fomento y Cultura Villa Alcira, ubicados en la ciudad de Bernal, partido de Quilmes designados catastralmente como: circunscripción II - sección E - manzana 100 - Parcela 2 a , y ante la existencia de deudas en concepto de impuesto inmobiliario, resulta una constante intimación por parte de rentas de la provincia de Buenos Aires.         

Dicho predio fue comprado en el año 1955 por la entonces comisión directiva de la institución y fue puesta a nombre de los mismos, sin que estos nunca hayan transferido la propiedad del mismo a la entidad en cuestión.

Por otra parte, en las instalaciones de la Sociedad de Fomento Villa Alcira funciona el Jardín de Infantes № 942 dependiente de la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires y una Unidad Sanitaria dependiente de la municipalidad de Quilmes.

Asimismo, en el año 1961 el Ministerio de Salud Pública de la Provincia celebró un contrato con dicha institución para que en su local funcionara un Centro de Salud. Dicho contrato se materializó a través del Decreto Provincial 434/61.

Además, se llevan a cabo innumerables actividades de diversa índole apuntadas al desarrollo de la zona y al bienestar de sus vecinos.

Dicha institución no desarrolla actividades lucrativas de ningún tipo, por lo tanto el pago de la deuda antes indicada, resulta de imposible cancelación por parte de la misma.

Fundamenta dicha iniciativa, solucionar la acuciante situación que atraviesa la Sociedad de Fomento Villa Alcira, objeto de la iniciativa legislativa sometida para su consideración, la cual desarrolla una tarea de alto contenido social en dicho barrio.

Por todo lo hasta aquí, expuesto, es que solicito a los Sres. diputados me acompañen en la sanción del presente proyecto de ley.