LEY 13919

 

 

 

 

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

 

 

 

 

LEY

 

 

 

 

 

ARTICULO 1.- Adhiérese al Decreto 2.658/08, dictado en los términos expresados por los Organismos de Asesoramiento y Control en el Expediente N° 131/08 del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata.

 

 

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.