LEY 14857

 EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,SANCIONAN CON FUERZA DE

 LEY

ARTÍCULO 1°.- Declárase como Monumento Histórico Provincial incorporado definitivamente al Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo a la Ley 10419 y sus modificatorias, al edificio “La Previsión”, ubicado en la calle Betolaza y Avenida Moreno de la ciudad de Tres Arroyos, identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 57, Parcela I, Partida 9859/3.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.