LEY 6842

 

Subsidio a la Municipalidad de Tandil, para sufragar gastos de sepelio y construcción mausoleo víctimas accidente ruta 3.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Acuérdase a la Municipalidad de Tandil, un subsidio de quinientos mil pesos moneda nacional ($ 500.000m/n), destinados a sufragar los gastos de sepelio y erección de mausoleo en sepultura común de las víctimas del accidente ocurrido el día 19 de Julio de 1964, en la ruta 3, en jurisdicción del Partido de Monte.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que autoriza la presente Ley se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.