DECRETO 150/2024
LA PLATA, 16 de Febrero de 2024
VISTO el expediente EX-2024-03232291-GDEBA-DSTAMGGP del Ministerio de Gobierno, mediante el cual se gestiona la aceptación de la renuncia presentada por Víctor Manuel MATASSI al cargo de Subsecretario Técnico, Administrativo y Legal, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 207/22 se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Gobierno, la cual fue modificada a partir del 1° de enero de 2024, por Decreto Nº 3/24, absorbiendo distintas unidades pertenecientes al entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Jefatura de Asesores del Gobernador;
Que entre las unidades absorbidas se encuentra la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que Víctor Manuel MATASSI presentó la renuncia al cargo de Subsecretario Técnico, Administrativo y Legal del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, quien había sido designado mediante Decreto N° 817/21;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que el funcionario saliente no registra actuaciones sumariales pendientes de resolución;
Que, en consecuencia, corresponde aceptar la renuncia presentada por el funcionario mencionado;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, y la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 –proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aceptar, en la Jurisdicción 1.1.1.19, Ministerio de Gobierno, a partir del 1° de enero de 2024, la renuncia presentada por Víctor Manuel MATASSI (DNI N° 16.078.051 - Clase 1962), al cargo de Subsecretario Técnico, Administrativo y Legal del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, quien había sido designado mediante Decreto N° 817/21.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.