DEPARTAMENTO DE ECONOMIA
DECRETO 159/05
LA PLATA, 15 de febrero de 2005.
VISTO el Expediente 2305-0042/05 del registro del Ministerio de Economía por el cual se propicia el dictado de un Decreto relacionado con los ingresos de los agentes del Estado Provincial, y
CONSIDERANDO:
Que dentro de los objetivos de la política salarial encarada por el Poder Ejecutivo Provincial para el Ejercicio 2005 se ha previsto el otorgamiento de una bonificación remunerativa y no bonificable a los agentes del Régimen Estatutario “Personal Ferroviario”, en concordancia con los lineamientos generales de política de ingresos para los empleados públicos provinciales;
Que el personal referido no ha recibido en el presente año incremento salarial alguno otorgado a la fecha tanto en el orden Nacional como en el Provincial;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIADE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1º - Inclúyase, a partir del 1º de enero de 2005, al Régimen Estatutario Personal Ferroviario en las disposiciones del Artículo 2º del Decreto 52/05.
ARTÍCULO 3º.- El, presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial, pase al Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia y archívese.
SOLAG.A. Otero
NOTA: Se respetó la numeración del Texto Original de la norma.